Consejería De Igualdad Y Portavocía. Programas Infantiles Y Juveniles. Ayudas. (2021062290)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a financiar proyectos de dinamización juvenil en el marco del programa Diviértete Extremadura para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 139
Miércoles, 21 de julio de 2021



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b. P
 royecto de Actividades realizado de conformidad con lo dispuesto en el resuelvo tercero y que contendrá un presupuesto económico desglosando cada uno de los gastos
subvencionables.



c. Declaración Responsable, emitida por el órgano competente de la Entidad Solicitante,
que contenga el compromiso de asumir el coste de la diferencia entre el coste total
de programa y la subvención concedida.



d. D
 eclaración Responsable, emitida por el órgano competente de la Entidad Solicitante, de que la misma se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social.



e. Declaración Responsable, emitida por el órgano competente de la Entidad Solicitante,
con el compromiso de verificación del cumplimiento por parte del personal contratado de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de
Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de
Enjuiciamiento Civil, y de la puesta a disposición del Instituto de la Juventud de Extremadura de los datos que acrediten dicho cumplimiento en caso de ser requeridos.

2. L
 a solicitud se presentará en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y, en particular, en
los establecidos en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se
implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Igualmente se podrán presentar las solicitudes a través del Registro Electrónico General de la
Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do).
Las solicitudes que se presenten en las oficinas de Correos, se mostrarán en sobre abierto,
con objeto de que en las mismas se haga constar, por el personal de la oficina, la identificación de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión.
3. L
 a inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato o información
que se incorpore a una declaración responsable, o la falta de presentación de la documentación que fuere requerida por la Administración competente para acreditar el cumplimiento de lo declarado, traerá consigo la revocación y reintegro, en su caso, de la subvención,
con los intereses legales correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades penales,
civiles o administrativas a que hubiera lugar.
4. E
 l plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de esta Convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.