Consejería De Igualdad Y Portavocía. Programas Infantiles Y Juveniles. Ayudas. (2021062290)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a financiar proyectos de dinamización juvenil en el marco del programa Diviértete Extremadura para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 139
Miércoles, 21 de julio de 2021

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subvencionado por la Junta de Extremadura. Consejería de Igualdad y Portavocía. Instituto de la Juventud de Extremadura”, así como el logotipo de este último.
Igualmente, y debido a la participación de este Programa en el Plan Corresponsables
del Ministerio de Igualdad, todos los medios utilizados para difundir los proyectos, así
como en la documentación elaborada para su desarrollo, deberán identificarse con la
imagen gráfica del Plan Corresponsables y del Ministerio de Igualdad.
f. Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así
como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los
órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
g. E
 n los gastos que se realicen objeto de subvención, se observará en todo caso la normativa establecida por la legislación contractual del sector público de conformidad con
el artículo 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Noveno. Del régimen de concesión.
1. L
 a concesión de las subvenciones se acomodará al procedimiento de concesión directa, mediante convocatoria abierta, de conformidad con los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. E
 l periodo de vigencia de la Convocatoria será desde el día siguiente a la publicación de
la misma en el Diario Oficial de Extremadura hasta el 31 de diciembre de 2021, siendo el
plazo de presentación de solicitudes el establecido en el apartado 4 del resuelvo décimo.
3. L
 as solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por riguroso orden de entrada
en el registro del órgano competente para su tramitación, conforme a lo dispuesto en el
siguiente resuelvo.
Décimo. Solicitud de subvención.
1. L
 a solicitud de la subvención se ajustará al modelo normalizado que se incluye como anexo
I de la presente resolución, que estará disponible en el Portal del Ciudadano de la Junta de
Extremadura ( https://ciudadano.gobex.es/ ).
Junto a la solicitud la entidad beneficiaria aportará la siguiente documentación:


a. D
 ocumentación acreditativa de la Representación de la persona solicitante, según
anexo II de la presente convocatoria.