Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062243)
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Igualdad y Portavocía de la Junta de Extremadura y la Asociación Regional de Trabajadores Autónomos del Taxi de Extremadura, para el desplazamiento de víctimas de violencia de género.
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NÚMERO 139
Miércoles, 21 de julio de 2021



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f) La Asociación velará porque los servicios demandados se desarrollen con plena coordinación entre los/as profesionales que ejecuten el servicio, las mujeres atendidas y
el personal del Instituto de la Mujer de Extremadura o de la Red Extremeña de Atención a Víctimas de Violencia de Género.



d) Igualmente la Asociación ARTA TAXI se compromete a difundir la iniciativa entre
sus asociados y en todo el colectivo de taxistas, pertenezcan o no a la asociación,
contribuyendo de este modo a la sensibilización social contra la violencia de género.
A este respecto seguirá las indicaciones que la Consejería establezca en cuanto a la
difusión del material informativo que se les facilite.

Cuarta. Financiación.
El coste de la financiación de las actividades derivadas de la suscripción del presente convenio
asciende a un total de veinticinco mil euros anuales, (25.000 euros) o la parte proporcional
que corresponda en función del tiempo de vigencia en cada anualidad, que se harán efectivos
con cargo a los créditos de la Consejería de Igualdad y Portavocía, consignados en la aplicación presupuestaria 17 001 253A 489 00, Proyecto 2021 0034 “Pacto de Estado contra la
Violencia de Género” de la Ley de Presupuestos Generales para la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el 2021.
El pago de la cantidad a aportar por la Junta de Extremadura se realizará de acuerdo con el
siguiente detalle:
Para el año 2021:
— Un primer 50% de la cantidad estipulada en la cláusula anterior a la firma del presente
Convenio.
— El 50% restante se abonará una vez se hayan justificado la totalidad de los gastos derivados del primer abono. A tales efectos, la asociación remitirá a la Consejería la documentación justificativa de cada colaboración realizada, junto a una certificación y una memoria
detallada de las distintas actividades que se hayan realizado conforme al objeto del convenio, así como un detalle de los gastos y pagos derivados de la ejecución del Convenio,
previa conformidad de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula sexta.
Para los sucesivos años:
Un primer 50% se abonará una vez justificado el segundo 50% del año inmediatamente
anterior, y el segundo 50% restante se abonará una vez justificado el primer pago del
año correspondiente.