Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062243)
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Igualdad y Portavocía de la Junta de Extremadura y la Asociación Regional de Trabajadores Autónomos del Taxi de Extremadura, para el desplazamiento de víctimas de violencia de género.
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NÚMERO 139
Miércoles, 21 de julio de 2021

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sibilización que se considere oportuno para su difusión entre los socios así como para
su exposición en los vehículos.


c) La Consejería de Igualdad y Portavocía, a través del IMEX, realizará cursos formativos en materia de violencia de género para todos los asociados de ARTA TAXI, con el
objeto de garantizar que éstos cuenten con los conocimientos necesarios vinculados
a la materia de violencia de género y les permita conocer las pautas de actuación
precisas para llevar a cabo su actividad con respecto a las víctimas.

— Asociación ARTA TAXI:


a) La asociación ARTA TAXI se compromete a efectuar con absoluta prioridad sobre
cualquier otro servicio que pudiera ser demandado, el traslado de las víctimas de
violencia de género hasta el lugar donde se determine por la Consejería de Igualdad
y Portavocía.



b) Asimismo, la asociación pondrá a disposición de la ejecución del presente convenio
todos los recursos de los que disponga para responder a estos requerimientos de
traslado en las mejores condiciones y en el menor tiempo posible.

A tales efectos, si fuere necesario, podrá contactar con otros miembros del colectivo
aun no siendo asociado, siempre y cuando se trate de personal que haya recibido la
formación necesaria para llevar a cabo esta tarea.


c) La disponibilidad de la asociación para prestar su colaboración será en horario ininterrumpido, de lunes a domingo, con una disponibilidad de 24 horas al día, los 365 días
al año. Para ello, deberá facilitar a la Consejería de Igualdad y Portavocía un teléfono
disponible las 24 horas, así como designar dentro de su organización una persona de
contacto que posibilite la comunicación permanente tanto con la Consejería como con
los distintos organismos implicados en cada una de las situaciones que se requieran.



d) La atención objeto del presente convenio será prestada desde el momento en que se
solicite por parte de la Consejería de Igualdad y Portavocía, sin que pueda transcurrir
más de una hora desde el aviso, hasta su derivación a los dispositivos pertinentes
(ingreso hospitalario, espacios de acogida, regreso a su domicilio...).



e) La demarcación territorial de actuación cubrirá la totalidad de los municipios de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, pudiéndose efectuar traslados fuera del territorio de la Comunidad Autónoma, cuando así se considere específicamente por los
equipos técnicos de la Consejería de Igualdad y Portavocía.