Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0053)
Acuerdo de 27 de mayo de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal consistente en adaptar las determinaciones aplicables al suelo no urbanizable a las previsiones del vigente Plan Territorial de la Vera. Jarandilla de la Vera.
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NÚMERO 139
Miércoles, 21 de julio de 2021

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ANEXO II
RESUMEN EJECUTIVO
MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NN.SS.MM.
DE JARANDILLA DE LA VERA.
ADAPTACIÓN DEL SUELO NO URBANIZABLE AL PLAN TERRITORIAL
DE LA VERA.
EQUIPO REDACTOR: OGUVAT de la MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE LA VERA.
1. OBJETO:
El objeto de esta modificación puntual, que se realiza a iniciativa del Ayuntamiento de
Jarandilla de la Vera, consiste en la adaptación de las determinaciones del Suelo No Urbanizable del término municipal al contenido del vigente Plan Territorial de la Vera, ya que
la aplicación actual de la norma supone un lastre para la gestión urbanística sin aportar a
cambio alguna ventaja, ya que más bien ocasionan impedimentos a la hora de su empleo,
por no estar en consonancia con lo dispuesto por el Plan Territorial, con el consiguiente
perjuicio que ello acarrea.
El vigente Plan Territorial establece en el plano o6 “Ordenación del suelo no urbanizable”
las distintas categorías de suelo delimitando determinadas áreas de protección.
Jarandilla de la Vera es uno de los municipios incluidos en el Plan Territorial de la Vera, la
modificación pretendida no afecta a las directrices establecidas en el Plan Territorial, ya
que no se plantea alteración en la zonificación del suelo no urbanizable ni alteración en el
régimen de usos del mismo.
2. CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE LA NUEVA ORDENACIÓN:
• MANTENIMIENTO DE LA VIGENTE DELIMITACIÓN DE SUELO URBANO Y URBANIZABLE.
S
 e mantiene para el término del Jarandilla de la Vera la delimitación de suelo urbano y
urbanizable fijada por las vigentes normas subsidiarias.
• TRATAMIENTO DEL SUELO NO URBANIZABLE
Se adapta el Suelo No Urbanizable a los criterios zonales establecidos por el vigente
Plan Territorial de la Vera en cuanto a la definición de las diferentes áreas de protección con el fin a integrar las consideraciones ambientales en la propia formulación del
planeamiento.