Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0046)
Acuerdo de 25 de marzo de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Fuentes de León, para eliminar la protección del cementerio (artículo 267) y modificar algunos artículos de la normativa urbanística, relacionados con los usos industrial y dotacional (artículos 189, 238, 257, 260, 261, 262, 265 y 273) y con las condiciones estéticas (artículo162).
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NÚMERO 138
37508
Martes, 20 de julio de 2021
CRITERIO
ESTRICTAMENTE
MEDIOAMBIENTAL
CRITERIO
ECONÓMICO
CRITERIO SOCIAL
ALTERNATIVA 1
EQUIVALENTE
1
1
ALTERNATIVA 2
EQUIVALENTE
2
2
ALTERNATIVA 3
EQUIVALENTE
2
3
Desde el punto de vista estrictamente medioambiental, una vez aplicadas, si fueran
precisas, las medidas oportunas tanto en el cementerio en sí como en las instalaciones cercanas
se consideran equivalentes las tres alternativas, ya que primará la evaluación ambiental de los
proyectos concretos, como se ha indicado en la selección de alternativas anterior.
Desde el punto de vista económico, a la vista de las normativas sectoriales que se han
de cumplir, las alternativas 2 y 3 son equivalentes entre sí, y mejores que la de dejar las cosas
en la inacción actual. También se ha de tener en cuenta que, la alternativa 2, al ser más
modificadora, exigiría probablemente una evaluación ambiental de mayor calado, amén de
mayores pronunciamientos sectoriales de más administraciones, lo cual ralentizaría y
encarecería el proceso.
Desde el punto de vista social, la alternativa 3 implica menos coste y retraso, y por
tanto una más temprana implementación de las mejoras que se desean acometer en los
equipamientos públicos municipales.
B.7.3. ALTERNATIVAS SOBRE LA ORDENACIÓN DEL USO DOTACIONAL, TERCIARIO E
INDUSTRIAL EN SUELO URBANO Y SUELO NO URBANIZABLE Y ARTÍCULO SOBRE
NÚCLEOS DE POBLACIÓN
B.7.3.1. ALTERNATIVA 1: MANTENIMIENTO DE LAS CONDICIONES ANTERIORES
De manera más breve se procederá a explicar este apartado, pues la clave de todo ello
es la obsolescencia de las Normas Subsidiarias y el carácter contradictorio de algunos artículos
con respecto a la normativa vigente, todo ello estudiado pormenorizadamente en la parte
justificativa.
El mantenimiento de las condiciones anteriores supondría mantener el problema
actual, con referencias al derogado RAMINP especialmente, y contradicciones que dificultan la
aplicación de la normativa con carácter general.
B.7.3.2. ALTERNATIVA 2: REORDENACIÓN DE todos los USOS EL SUELO NO
URBANIZABLE
La alternativa 2 es deseable, sin embargo, excede con mucho las intenciones
municipales, que cuentan con proveerse de un Plan General Municipal en un futuro. Reorganizar
los usos en todo el suelo no urbanizable requeriría evaluación ambiental ordinaria, con lo que
37508
Martes, 20 de julio de 2021
CRITERIO
ESTRICTAMENTE
MEDIOAMBIENTAL
CRITERIO
ECONÓMICO
CRITERIO SOCIAL
ALTERNATIVA 1
EQUIVALENTE
1
1
ALTERNATIVA 2
EQUIVALENTE
2
2
ALTERNATIVA 3
EQUIVALENTE
2
3
Desde el punto de vista estrictamente medioambiental, una vez aplicadas, si fueran
precisas, las medidas oportunas tanto en el cementerio en sí como en las instalaciones cercanas
se consideran equivalentes las tres alternativas, ya que primará la evaluación ambiental de los
proyectos concretos, como se ha indicado en la selección de alternativas anterior.
Desde el punto de vista económico, a la vista de las normativas sectoriales que se han
de cumplir, las alternativas 2 y 3 son equivalentes entre sí, y mejores que la de dejar las cosas
en la inacción actual. También se ha de tener en cuenta que, la alternativa 2, al ser más
modificadora, exigiría probablemente una evaluación ambiental de mayor calado, amén de
mayores pronunciamientos sectoriales de más administraciones, lo cual ralentizaría y
encarecería el proceso.
Desde el punto de vista social, la alternativa 3 implica menos coste y retraso, y por
tanto una más temprana implementación de las mejoras que se desean acometer en los
equipamientos públicos municipales.
B.7.3. ALTERNATIVAS SOBRE LA ORDENACIÓN DEL USO DOTACIONAL, TERCIARIO E
INDUSTRIAL EN SUELO URBANO Y SUELO NO URBANIZABLE Y ARTÍCULO SOBRE
NÚCLEOS DE POBLACIÓN
B.7.3.1. ALTERNATIVA 1: MANTENIMIENTO DE LAS CONDICIONES ANTERIORES
De manera más breve se procederá a explicar este apartado, pues la clave de todo ello
es la obsolescencia de las Normas Subsidiarias y el carácter contradictorio de algunos artículos
con respecto a la normativa vigente, todo ello estudiado pormenorizadamente en la parte
justificativa.
El mantenimiento de las condiciones anteriores supondría mantener el problema
actual, con referencias al derogado RAMINP especialmente, y contradicciones que dificultan la
aplicación de la normativa con carácter general.
B.7.3.2. ALTERNATIVA 2: REORDENACIÓN DE todos los USOS EL SUELO NO
URBANIZABLE
La alternativa 2 es deseable, sin embargo, excede con mucho las intenciones
municipales, que cuentan con proveerse de un Plan General Municipal en un futuro. Reorganizar
los usos en todo el suelo no urbanizable requeriría evaluación ambiental ordinaria, con lo que