Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0046)
Acuerdo de 25 de marzo de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Fuentes de León, para eliminar la protección del cementerio (artículo 267) y modificar algunos artículos de la normativa urbanística, relacionados con los usos industrial y dotacional (artículos 189, 238, 257, 260, 261, 262, 265 y 273) y con las condiciones estéticas (artículo162).
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NÚMERO 138
Martes, 20 de julio de 2021

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4. La presente Modificación no pretende asumir, regularizando su situación, actuaciones
urbanísticas disconformes con la ordenación en vigor, sino que todo se realiza para
salvar situaciones sobrevenidas por la situación legal de 2017, año en que se inició su
tramitación.

A.14.3. ARTÍCULO 82 LSOTEX
No se han propuesto modificaciones que afecten a lo indicado en el artículo.

A.15. ESTUDIO COMPARATIVO, ESTADO ACTUAL Y MODIFICADO, DE
SUPERFICIES, USOS, DOTACIONES, APROVECHAMIENTOS, Y EDIFICABILIDADES.
No se ha procedido a modificar dotaciones, aprovechamientos ni edificabilidades.
En cuanto a la modificación de la zona del Cementerio, no se tiene constancia de la
superficie de suelo dedicada a SNUEP en la Normativa vigente, de modo que
señalaremos únicamente la diferencia.
Al suprimirse el círculo de 180 metros de radio de suelo no urbanizable de especial
protección, se están sustrayendo 101.787,60m2 y añadiendo esa misma cantidad al
suelo no urbanizable común.
En cuanto a los usos, se han modificado definiciones, sin alterar su proporción frente a
otros en ningún ámbito espacial.

B. RESUMEN DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL SIMPLIFICADA DE LA
MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 12 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE
FUENTES DE LEÓN (BADAJOZ)
El objeto del Documento ambiental estratégico es identificar, describir y evaluar los
probables efectos sobre el medio ambiente que puedan derivarse de la MODIFICACIÓN
PUNTUAL Nº 12 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE FUENTES DE LEÓN (BADAJOZ).
Con el Documento ambiental estratégico se persigue identificar, describir y valorar, de
manera apropiada, los efectos previsibles que esta Modificación Puntual produciría al medio
ambiente, a través de sus diferentes componentes, como el medio biótico, suelo, agua, etc.
Para la consecución de estos fines, el Documento ambiental estratégico se basa en el
conocimiento del medio, así como de las acciones técnicas que se pudieran ejecutar, de las
interrelaciones existentes entre el medio y dichas acciones y de la metodología más adecuada.