Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062257)
Resolución de 13 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor de la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) para la realización del proyecto "Desarrollo Proyectos de Investigación en Supercomputación - Proyecto Mipyme Digital" en el ejercicio 2021.
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NÚMERO 137
Lunes, 19 de julio de 2021

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Octava. Comisión de seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente Convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital y dos representantes de la Fundación Computación y
Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX), designados por quienes suscriben el
presente Convenio.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª,
Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso
de empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de
Extremadura (COMPUTAEX).
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente Convenio.
La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y tareas ejecutadas en virtud de la presente
transferencia verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
c) Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
quinta del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula sexta del presente
convenio
e) R
 ecabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX). la disponibilidad de la información.

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