Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2021050134)
Orden de 15 de julio de 2021 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones contempladas en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 137
Lunes, 19 de julio de 2021
37050
d) Ser mayor de edad y tener menos de treinta y cinco años en el momento de solicitar la
ayuda.
e) Ocupar la vivienda objeto de ayuda y destinarla a residencia habitual y permanente, de
conformidad con el artículo 49.
A este efecto, se considerará que la vivienda objeto de la subvención se destina a residencia
habitual y permanente, si se encuentra empadronada en ella la persona beneficiaria y consta
como su domicilio fiscal, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, siempre y cuando pueda acreditar su uso efectivo y habitual y no permanezca desocupada más de
tres meses seguidos al año.
Artículo 47. Solicitud de la subvención y documentación.
La solicitud de subvención deberá cumplimentarse en todos sus extremos y, sin perjuicio de
las previsiones contenidas en el artículo 12, se acompañará de la documentación que, seguidamente, se relaciona:
a) Copia del DNI o NIE de las personas interesadas y del representante, en su caso.
b) Copia del contrato de compraventa de la vivienda o del contrato de reserva o modelo
normalizado de declaración responsable, que acredite que las personas solicitantes están en condiciones de suscribir en el plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente
a aquel en que se produzca la notificación de la resolución de concesión de la subvención, un documento público o privado de adquisición de la vivienda usada o de nueva
construcción que se identifica en el modelo normalizado. Este documento deberá reunir
los requisitos contemplados en la letra a) del artículo 46.
c) Copia del certificado de inicio de obra, en caso de vivienda de nueva construcción.
d) Copia de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), correspondiente al período impositivo vencido, inmediatamente anterior a la presentación
de la solicitud, tanto de la persona solicitante como de su cónyuge o pareja de hecho,
inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Extremadura
o registro equivalente.
En caso de que no exista obligación de presentar la citada declaración, se deberá aportar copia del certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que acredite
dicha circunstancia.
Si se hubiesen obtenido ingresos exentos o no sujetos a tributación por IRPF, deberá
aportarse copia de la resolución o del certificado del organismo público competente,
Lunes, 19 de julio de 2021
37050
d) Ser mayor de edad y tener menos de treinta y cinco años en el momento de solicitar la
ayuda.
e) Ocupar la vivienda objeto de ayuda y destinarla a residencia habitual y permanente, de
conformidad con el artículo 49.
A este efecto, se considerará que la vivienda objeto de la subvención se destina a residencia
habitual y permanente, si se encuentra empadronada en ella la persona beneficiaria y consta
como su domicilio fiscal, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, siempre y cuando pueda acreditar su uso efectivo y habitual y no permanezca desocupada más de
tres meses seguidos al año.
Artículo 47. Solicitud de la subvención y documentación.
La solicitud de subvención deberá cumplimentarse en todos sus extremos y, sin perjuicio de
las previsiones contenidas en el artículo 12, se acompañará de la documentación que, seguidamente, se relaciona:
a) Copia del DNI o NIE de las personas interesadas y del representante, en su caso.
b) Copia del contrato de compraventa de la vivienda o del contrato de reserva o modelo
normalizado de declaración responsable, que acredite que las personas solicitantes están en condiciones de suscribir en el plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente
a aquel en que se produzca la notificación de la resolución de concesión de la subvención, un documento público o privado de adquisición de la vivienda usada o de nueva
construcción que se identifica en el modelo normalizado. Este documento deberá reunir
los requisitos contemplados en la letra a) del artículo 46.
c) Copia del certificado de inicio de obra, en caso de vivienda de nueva construcción.
d) Copia de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), correspondiente al período impositivo vencido, inmediatamente anterior a la presentación
de la solicitud, tanto de la persona solicitante como de su cónyuge o pareja de hecho,
inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Extremadura
o registro equivalente.
En caso de que no exista obligación de presentar la citada declaración, se deberá aportar copia del certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que acredite
dicha circunstancia.
Si se hubiesen obtenido ingresos exentos o no sujetos a tributación por IRPF, deberá
aportarse copia de la resolución o del certificado del organismo público competente,