Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2021050134)
Orden de 15 de julio de 2021 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones contempladas en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 137
Lunes, 19 de julio de 2021

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mico, la sustitución de carpinterías y acristalamientos de los huecos, u otras, incluyendo
la instalación de dispositivos bioclimáticos y de sombreamiento.
b) La instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación para el acondicionamiento térmico, o el incremento de la eficiencia
energética de los ya existentes, mediante actuaciones como: la sustitución de equipos
de producción de calor o frío, la instalación de sistemas de control, regulación y gestión
energética; el aislamiento térmico de las instalaciones de distribución y transporte o la
sustitución de los equipos de movimiento de los fluidos caloportadores; la instalación
de dispositivos de recuperación de energías residuales; la implantación de sistemas de
enfriamiento gratuito por aire exterior y de recuperación de calor del aire de renovación
y la conexión de viviendas a redes de calor y frío existente, entre otros.
c) La instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables como la energía solar fotovoltaica, biomasa o geotermia que reduzcan el consumo de energía convencional térmica o eléctrica de la vivienda. Incluirá la instalación
de cualquier tecnología, sistema, o equipo de energía renovable, como paneles solares
térmicos y soluciones integrales de aerotermia para climatización y agua caliente sanitaria, a fin de contribuir a la producción de agua caliente sanitaria demandada por la
vivienda, o la producción de agua caliente para las instalaciones de climatización.
d) Las que mejoren el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB-HR, protección contra el ruido.
e) Las que mejoren el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB-HS de salubridad o, en su defecto, las que
afecten a elementos cuyo tratamiento permita reducir de forma efectiva en el interior
de la edificación el promedio anual de concentración de radón a niveles inferiores a 300
Bq/m3, o en las que sin alcanzar dicho nivel, se reduzca la concentración inicial en al
menos un 50%.
En las viviendas, según la clasificación climática del Código Técnico de la Edificación, el conjunto de actuaciones de las letras a), b) y c) anteriores deben conseguir una reducción de
la demanda energética anual global, de manera conjunta o complementaria, de calefacción
y refrigeración de la vivienda referida a la certificación energética, sobre la situación previa
a dichas actuaciones, de al menos:
— Zonas climáticas D y E: un 35 %.
— Zona climática C: un 25 %.