Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2021050134)
Orden de 15 de julio de 2021 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones contempladas en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 137
37015
Lunes, 19 de julio de 2021
Artículo 17. Publicidad de las subvenciones concedidas.
1. La publicidad de las subvenciones concedidas se acomodará a lo dispuesto en el artículo
17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de
Extremadura.
Las subvenciones concedidas se publicarán en el Portal de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma, con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al
que se imputen, la persona o entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad o
finalidades de las subvenciones concedidas. La publicación se efectuará en el Diario Oficial
de Extremadura cuando las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean
de cuantía igual o superior a 3.000 €.
2. Asimismo, las ayudas concedidas serán publicadas en el Portal de Transparencia y Participación Ciudadana, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo,
de Gobierno Abierto de Extremadura, y se notificarán a la Intervención General de la Administración General del Estado, para su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
CAPÍTULO II
Programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en
viviendas
Artículo 18. Objeto del programa.
De conformidad con el artículo 33 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, el programa de fomento de mejora de la eficiencia
energética y sostenibilidad en viviendas tiene por objeto, tanto en ámbito urbano como rural,
la financiación de obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad, con especial
atención a la envolvente edificatoria, en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo
sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares.
Artículo 19. Actuaciones subvencionables.
1. De conformidad con el artículo 36.1 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que
se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, se considerarán actuaciones subvencionables para la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de las viviendas unifamiliares, las siguientes:
a) La mejora de la envolvente térmica de la vivienda para reducir su demanda energética
de calefacción o refrigeración, mediante actuaciones de mejora de su aislamiento tér-
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Lunes, 19 de julio de 2021
Artículo 17. Publicidad de las subvenciones concedidas.
1. La publicidad de las subvenciones concedidas se acomodará a lo dispuesto en el artículo
17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de
Extremadura.
Las subvenciones concedidas se publicarán en el Portal de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma, con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al
que se imputen, la persona o entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad o
finalidades de las subvenciones concedidas. La publicación se efectuará en el Diario Oficial
de Extremadura cuando las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean
de cuantía igual o superior a 3.000 €.
2. Asimismo, las ayudas concedidas serán publicadas en el Portal de Transparencia y Participación Ciudadana, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo,
de Gobierno Abierto de Extremadura, y se notificarán a la Intervención General de la Administración General del Estado, para su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
CAPÍTULO II
Programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en
viviendas
Artículo 18. Objeto del programa.
De conformidad con el artículo 33 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, el programa de fomento de mejora de la eficiencia
energética y sostenibilidad en viviendas tiene por objeto, tanto en ámbito urbano como rural,
la financiación de obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad, con especial
atención a la envolvente edificatoria, en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo
sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares.
Artículo 19. Actuaciones subvencionables.
1. De conformidad con el artículo 36.1 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que
se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, se considerarán actuaciones subvencionables para la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de las viviendas unifamiliares, las siguientes:
a) La mejora de la envolvente térmica de la vivienda para reducir su demanda energética
de calefacción o refrigeración, mediante actuaciones de mejora de su aislamiento tér-