Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2021050134)
Orden de 15 de julio de 2021 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones contempladas en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 137
Lunes, 19 de julio de 2021

37008

5. En los procedimientos de concurrencia competitiva, los sucesivos actos del procedimiento
se harán públicos, a efecto de notificación, de conformidad con el artículo 45.1 letra b) de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el tablón de anuncios de la sede electrónica corporativa, así como en
los tablones de anuncios de los servicios centrales del órgano directivo competente para la
resolución del procedimiento y en los de las unidades territoriales de dicho órgano en las
ciudades de Badajoz (Avenida de Europa, n.º 10 – Código Postal 06004) y Cáceres (Avenida Clara Campoamor, n.º 2 – Código Postal 10001), careciendo de validez las publicaciones
que se lleven a cabo en lugares distintos.
6. Las subvenciones reconocidas se entenderán automáticamente aceptadas por la persona o
entidad beneficiaria, sin perjuicio de que pueda renunciar expresamente a aquéllas antes
de su abono.
Artículo 9. Cuantía de las subvenciones.
El importe de las subvenciones, los criterios para su determinación y sus límites cuantitativos
y porcentuales se acomodarán a lo establecido, para cada uno de los programas, en la presente orden y en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Artículo 10. Compatibilidad de subvenciones.
1. La compatibilidad de las subvenciones reguladas en la presente orden, se acomodará a las
previsiones contenidas en los planes estatales de vivienda, en los planes de vivienda de
Extremadura y en el resto de normativa específica que resulte de aplicación.
2. De conformidad con el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan
Estatal de Vivienda 2018-2021:
a) Las subvenciones del programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas y del programa de fomento de la conservación, de la mejora de
la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, serán compatibles entre sí.
Cuando, sobre un mismo elemento o sistema constructivo, se realicen actuaciones que
resulten subvencionables por uno u otro programa, deberán identificarse y desglosarse
adecuadamente, adscribiéndose sólo a uno de ellos.


En todo caso, las subvenciones de ambos programas serán incompatibles con:



a.1) Las subvenciones del programa de fomento de la regeneración y renovación
urbana y rural, contempladas en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.



a.2) Las ayudas del programa de fomento del parque de vivienda en alquiler y del
programa de fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad, contempladas en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.