Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062239)
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y "URVIPEXSA, SA", para la gestión del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021, previstas en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
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NÚMERO 136
Viernes, 16 de julio de 2021

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De la misma forma, opcionalmente, podrá entregarse cuenta justificativa con aportación de informe de auditor, según lo previsto en el artículo 74 del Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Así mismo, no será obligatoria la aportación la documentación que se indica en las letras
h), i), k), l), m), n), o) y p) de este apartado 2 siempre que el alcance de la revisión de
la cuenta justificativa contenga, la información requerida y, en todo caso, con especial
hincapié en la comprobación de los siguientes apartados:


1) R
 evisión de la memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, conforme a lo exigido por estas bases y
la resolución de concesión de la ayuda, con indicación de las actividades realizadas y
de los resultados obtenidos. Deberá incluir información suficiente sobre el desarrollo
y el grado de cumplimiento del proyecto subvencionado, de forma concreta y detallada, con un informe sobre la situación final del mismo, indicando así mismo la fecha
de conclusión de las actuaciones.

Igualmente, esta memoria incorporará un reportaje fotográfico de las actuaciones
realizadas, que incluya fotografías de la situación del edificio después de las actuaciones y donde se muestre el cartel publicitario de la actuación. Además, aportará la
información y el enlace al sitio de Internet del beneficiario de las ayudas, en caso de
que disponga de uno, donde dicho beneficiario informará al público del posible apoyo
obtenido de los Fondos Europeos haciendo una breve descripción de la operación, de
manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus objetivos y resultados, y
destacando el apoyo financiero de la Unión Europea.


2) R
 evisión de la memoria económica abreviada que incluya el estado representativo de
la totalidad de los gastos e inversiones incurridos en la realización de las actividades
subvencionadas, debidamente agrupados, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.

Incluirá, en su caso, una justificación de las desviaciones acaecidas respecto al presupuesto considerado en la concesión de la ayuda.
Además, incluirá relación de los pedidos y/o los contratos relativos a las actuaciones
realizadas, así como relación de las facturas, y de sus correspondientes justificantes
bancarios de pago.
Debe acreditar la existencia de una contabilidad separada o diferenciada para todas
las transacciones relacionadas.