Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062239)
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y "URVIPEXSA, SA", para la gestión del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021, previstas en el Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
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NÚMERO 136
Viernes, 16 de julio de 2021



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e) D
 eclaración responsable del beneficiario en la que se haga constar el cumplimiento de
la normativa relativa a las infraestructuras comunes de telecomunicaciones e instalaciones digitales, cuando a la actuación le resulte de aplicación lo dispuesto en el Real
Decreto 346/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador
de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios
de telecomunicación en el interior de las edificaciones.



f) M
 emoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en
la concesión de la subvención, conforme a lo exigido por las bases reguladoras y la
resolución de concesión de la ayuda, con indicación de las actividades realizadas y de
los resultados obtenidos. Esta memoria será realizada y suscrita por un técnico titulado competente autor del proyecto o documento técnico o de dirección de la ejecución
de la actuación, indicando así mismo la fecha de conclusión de las actuaciones.



g) Informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones objeto de la ayuda
concedida de acuerdo con la documentación presentada en la solicitud de la ayuda,
emitido por organismo de control o entidad de control que cumpla los requisitos técnicos establecidos en el Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo, por el que se desarrollan los requisitos exigibles a las entidades de control de calidad de la edificación
y a los laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación, para el
ejercicio de su actividad o por entidad de control habilitada para el campo reglamentario de las instalaciones térmicas reguladas por la Ley 21/1992, de 16 de julio, de
Industria y el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial, en la especialidad o especialidades que mejor se adecuen a la naturaleza de la actuación.



h) R
 elación certificada y copia de los pedidos y/o contratos relativos a las actuaciones
realizadas.



i) R
 elación certificada y copia de las facturas y de sus correspondientes justificantes
bancarios de pago, correspondientes a la inversión elegible realizada y que respondan
al presupuesto y contratos presentados.



j) P
 ara los proyectos con una ayuda concedida inferior a 50.000 euros y de manera
opcional, podrá entregarse cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, según lo previsto en el artículo 72 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. En tal caso, no será
obligatoria la aportación de la documentación que se indica en las letras a), f), g) y i)
de este apartado 2.