Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062138)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura para la realización de actividades relacionadas con la economía social y el cooperativismo durante el 2021.
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NÚMERO 135
Jueves, 15 de julio de 2021
36314
Sexta. Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos adquiridos.
1. El seguimiento del convenio se realizará conjuntamente por la Dirección General de Cooperativas y Economía y la Universidad de Extremadura, que llevarán la codirección de los
trabajos, colaborando mutuamente para la consecución de los mismos, facilitando dicha
Consejería, en el caso de que sea necesario, los documentos y datos que posean, relacionados con el ámbito de este convenio cuando le sean solicitados por la Universidad de
Extremadura para la consecución de aquel objeto.
2. E
l desarrollo científico del convenio correrá a cargo del Profesor Ramón Sanguino Galván de
la Universidad de Extremadura, profesor Doctor, Titular de Universidad del Departamento
de Dirección de Empresas y Sociología, actualmente director del mismo, y Director del Aula
de Patrocinio Ibercaja de Economía Social y Cooperativas.
Séptima. Comisión de seguimiento.
1. Para facilitar el control y seguimiento del desarrollo de este convenio, se constituirá en el
mes siguiente a su firma una Comisión de Seguimiento, integrada por dos representantes
de cada una de las partes y presidida por la persona designada por la Directora General de
Cooperativas y Economía Social.
2. Las personas representantes de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio de la Junta de Extremadura serán designadas por la Directora General de Cooperativas y Economía Social.
3. Las personas representantes de la Universidad de Extremadura serán dos profesores de la
Universidad de Extremadura, intervinientes en el proyecto, designados por el Rector de la
Universidad de Extremadura.
4. L
a Comisión se constituirá en el plazo de un mes a partir de la fecha de la firma del presente Convenio y se reunirá, al menos, cada dos meses.
5. La Comisión será la encargada de garantizar su cumplimiento, dirigir los trabajos derivados
de este convenio, resolver las controversias que pudieran surgir en su difusión y propuestas de futuras líneas de trabajo. Asimismo, le corresponde planificar las tareas desarrolladas al grupo de trabajo y realizar el análisis y evaluación posterior de sus resultados.
6. La Comisión se regirá por los preceptos relativos a órganos colegiados recogidos en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Jueves, 15 de julio de 2021
36314
Sexta. Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos adquiridos.
1. El seguimiento del convenio se realizará conjuntamente por la Dirección General de Cooperativas y Economía y la Universidad de Extremadura, que llevarán la codirección de los
trabajos, colaborando mutuamente para la consecución de los mismos, facilitando dicha
Consejería, en el caso de que sea necesario, los documentos y datos que posean, relacionados con el ámbito de este convenio cuando le sean solicitados por la Universidad de
Extremadura para la consecución de aquel objeto.
2. E
l desarrollo científico del convenio correrá a cargo del Profesor Ramón Sanguino Galván de
la Universidad de Extremadura, profesor Doctor, Titular de Universidad del Departamento
de Dirección de Empresas y Sociología, actualmente director del mismo, y Director del Aula
de Patrocinio Ibercaja de Economía Social y Cooperativas.
Séptima. Comisión de seguimiento.
1. Para facilitar el control y seguimiento del desarrollo de este convenio, se constituirá en el
mes siguiente a su firma una Comisión de Seguimiento, integrada por dos representantes
de cada una de las partes y presidida por la persona designada por la Directora General de
Cooperativas y Economía Social.
2. Las personas representantes de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio de la Junta de Extremadura serán designadas por la Directora General de Cooperativas y Economía Social.
3. Las personas representantes de la Universidad de Extremadura serán dos profesores de la
Universidad de Extremadura, intervinientes en el proyecto, designados por el Rector de la
Universidad de Extremadura.
4. L
a Comisión se constituirá en el plazo de un mes a partir de la fecha de la firma del presente Convenio y se reunirá, al menos, cada dos meses.
5. La Comisión será la encargada de garantizar su cumplimiento, dirigir los trabajos derivados
de este convenio, resolver las controversias que pudieran surgir en su difusión y propuestas de futuras líneas de trabajo. Asimismo, le corresponde planificar las tareas desarrolladas al grupo de trabajo y realizar el análisis y evaluación posterior de sus resultados.
6. La Comisión se regirá por los preceptos relativos a órganos colegiados recogidos en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.