Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062089)
Resolución de 28 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universitat de Barcelona y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas académicas externas.
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NÚMERO 135
Jueves, 15 de julio de 2021
36301
Séptima. Exención de contraprestación económica.
Dado el carácter exclusivamente formativo de las prácticas académicas externas, no se establece entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el
estudiante ninguna relación contractual de clase mercantil, civil o laboral, al no concurrir los
requisitos que exigen las leyes. Por tanto, la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la
Junta de Extremadura no está obligada a devengar contraprestación económica alguna.
Octava. Protección de datos.
Las partes se comprometen a cumplir lo establecido en las disposiciones en materia de protección de datos y especialmente lo estipulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo y por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de
abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
Novena. Confidencialidad.
El estudiante en prácticas asumirá la obligación de guardar el secreto profesional sobre cualquier información interna de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de
Extremadura a la que tenga acceso durante su estancia y una vez finalizada ésta. La entidad
podrá solicitar la firma de un acuerdo de confidencialidad al estudiante en prácticas.
Décima. Compromisos de las partes.
1. La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura se compromete a:
• Facilitar al estudiante las herramientas necesarias para realizar las tareas formativas
encomendadas.
• Nombrar un tutor profesional responsable de las prácticas que, junto con el tutor académico, realizará el seguimiento de las prácticas.
• Emitir y remitir al tutor académico el informe final, y su caso los informes de seguimiento
intermedios, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso,
su rendimiento.
• Informar, formar y hacer cumplir y respetar al estudiante en prácticas las medidas sobre
seguridad e higiene establecidas en la entidad.
• Cumplir el régimen de permisos del estudiante, en los términos establecidos en la Normativa de prácticas de estudiantes de la UB.
Jueves, 15 de julio de 2021
36301
Séptima. Exención de contraprestación económica.
Dado el carácter exclusivamente formativo de las prácticas académicas externas, no se establece entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el
estudiante ninguna relación contractual de clase mercantil, civil o laboral, al no concurrir los
requisitos que exigen las leyes. Por tanto, la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la
Junta de Extremadura no está obligada a devengar contraprestación económica alguna.
Octava. Protección de datos.
Las partes se comprometen a cumplir lo establecido en las disposiciones en materia de protección de datos y especialmente lo estipulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo y por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de
abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
Novena. Confidencialidad.
El estudiante en prácticas asumirá la obligación de guardar el secreto profesional sobre cualquier información interna de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de
Extremadura a la que tenga acceso durante su estancia y una vez finalizada ésta. La entidad
podrá solicitar la firma de un acuerdo de confidencialidad al estudiante en prácticas.
Décima. Compromisos de las partes.
1. La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura se compromete a:
• Facilitar al estudiante las herramientas necesarias para realizar las tareas formativas
encomendadas.
• Nombrar un tutor profesional responsable de las prácticas que, junto con el tutor académico, realizará el seguimiento de las prácticas.
• Emitir y remitir al tutor académico el informe final, y su caso los informes de seguimiento
intermedios, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso,
su rendimiento.
• Informar, formar y hacer cumplir y respetar al estudiante en prácticas las medidas sobre
seguridad e higiene establecidas en la entidad.
• Cumplir el régimen de permisos del estudiante, en los términos establecidos en la Normativa de prácticas de estudiantes de la UB.