Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062089)
Resolución de 28 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universitat de Barcelona y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas académicas externas.
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NÚMERO 135
Jueves, 15 de julio de 2021
36299
del proyecto formativo, del seguimiento del alumnado en prácticas para verificar su aprovechamiento y de la evaluación de las prácticas formativas a través de la elaboración de un
informe al finalizar las mismas.
4. L
os derechos y deberes de los tutores serán los establecidos en los artículos 11 y 12, respectivamente, del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
Quinta. Obligaciones y derechos de los estudiantes en prácticas.
Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes deberán atender
al cumplimiento de las obligaciones y tendrán los derechos establecidos en el Real Decreto
592/2014 y en la Normativa de prácticas de los estudiantes de la UB.
En concreto, tendrán las siguientes obligaciones:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la UB.
b) Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones de
la Consejería de Sanidad bajo la supervisión del tutor académico de la Universidad.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la Universidad durante el desarrollo de
la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento y evaluación que le sean
requeridos.
d) Incorporarse a hacer las prácticas con la Consejería de Sanidad en la fecha acordada,
cumplir el horario previsto en el Proyecto Formativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales.
e) D
esarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con
la Consejería de Sanidad conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaboración de la memoria final de las prácticas, de acuerdo con la legislación vigente y,
en su caso, del informe intermedio.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la Consejería de
Sanidad y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
h) M
ostrar, en todo momento, una actitud respetuosa con Consejería de sanidad, salvaguardando el buen nombre de la UB a la que pertenece.
i) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en los correspondientes Convenios suscritos por la Universidad y Consejería de Sanidad.
Jueves, 15 de julio de 2021
36299
del proyecto formativo, del seguimiento del alumnado en prácticas para verificar su aprovechamiento y de la evaluación de las prácticas formativas a través de la elaboración de un
informe al finalizar las mismas.
4. L
os derechos y deberes de los tutores serán los establecidos en los artículos 11 y 12, respectivamente, del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
Quinta. Obligaciones y derechos de los estudiantes en prácticas.
Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes deberán atender
al cumplimiento de las obligaciones y tendrán los derechos establecidos en el Real Decreto
592/2014 y en la Normativa de prácticas de los estudiantes de la UB.
En concreto, tendrán las siguientes obligaciones:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la UB.
b) Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones de
la Consejería de Sanidad bajo la supervisión del tutor académico de la Universidad.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la Universidad durante el desarrollo de
la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento y evaluación que le sean
requeridos.
d) Incorporarse a hacer las prácticas con la Consejería de Sanidad en la fecha acordada,
cumplir el horario previsto en el Proyecto Formativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales.
e) D
esarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con
la Consejería de Sanidad conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaboración de la memoria final de las prácticas, de acuerdo con la legislación vigente y,
en su caso, del informe intermedio.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la Consejería de
Sanidad y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
h) M
ostrar, en todo momento, una actitud respetuosa con Consejería de sanidad, salvaguardando el buen nombre de la UB a la que pertenece.
i) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en los correspondientes Convenios suscritos por la Universidad y Consejería de Sanidad.