Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Ayudas. (2021062179)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de Programas de Aprendizaje a lo Largo de la Vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2021/2022.
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NÚMERO 133
Martes, 13 de julio de 2021

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currículo establecido para dicho programa en la convocatoria. Asimismo, el proyecto recogerá las características específicas del contexto sociocultural y laboral donde se desarrolla
el programa, el perfil y necesidades formativas del alumnado destinatario del mismo, los
objetivos educativos de la entidad respecto del programa, el horario semanal de los diferentes módulos, así como el del profesorado.
2. E
 l proceso de enseñanza y aprendizaje atenderá a los principios generales de individualización e integración de los aprendizajes. Este proceso se organizará a través de un Plan
Personalizado de Formación diseñado a partir de las competencias y necesidades básicas
que presente el alumnado al inicio del programa.
3. L
 a Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo informará a
las entidades beneficiarias del material curricular disponible para el desarrollo de los programas educativos contemplados en el Decreto 51/2015, de 30 de marzo, a través de su
página web y una vez que se haya resuelto la convocatoria.
Trigésimo sexto. Seguimiento y control de los programas.
1. L
 os programas subvencionados estarán adscritos, a efectos de coordinación educativa y
seguimiento pedagógico, a un Centro o Aula de Educación de Personas Adultas, en cuyo
ámbito territorial se encuentren ubicados, según la planificación provincial llevada a cabo
por la Delegación Provincial de Educación correspondiente.
2. L
 os equipos directivos de los centros de adscripción deberán mantener, al menos, una reunión por trimestre con los formadores de los Programas que tenga adscritos. Asimismo,
podrán hacer partícipes a los alumnos y formadores de estos programas de las actividades
culturales y educativas que se desarrollen en el centro educativo.
3. L
 a Delegación Provincial de Educación en colaboración con el equipo directivo de los centros
de adscripción, al finalizar los programas de una entidad y tras recibir la documentación
correspondiente a la justificación pedagógica, emitirá un informe de valoración, teniendo
en cuenta la citada documentación y los informes que como resultado de las actuaciones
de inspección, control y verificación se hayan generado.
Trigésimo séptimo. Memoria pedagógica final del programa.
A la finalización del programa formativo, el equipo docente realizará una memoria final del
programa educativo, que contemplará, al menos, los siguientes aspectos:
a) El proyecto educativo del programa, según resuelvo trigésimo quinto de la presente
resolución.