Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Ayudas. (2021062179)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de Programas de Aprendizaje a lo Largo de la Vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2021/2022.
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NÚMERO 133
Martes, 13 de julio de 2021

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del nivel B2 (nivel intermedio alto) del Marco Común Europeo de Referencia (MER). De no
existir formadores con esta cualificación se admitirán candidatos con nivel B1 (nivel intermedio) y excepcionalmente con nivel A2 (nivel elemental).
Trigésimo segundo. Selección de los formadores en entidades públicas.
1. U
 na vez publicada en el Diario Oficial de Extremadura la resolución de concesión de la
ayuda, la entidad beneficiaria que haya aceptado la ayuda y se haya comprometido a su
desarrollo, iniciará, en su caso, el proceso de selección de los formadores, para lo cual efectuará convocatoria pública del o de los puestos de trabajo, y procederá a la selección del
personal docente de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
2. S
 e constituirá una Comisión de selección cuya composición no podrá ser superior a cinco
miembros, ni inferior a tres. Si la entidad lo estima oportuno, podrá formar parte de la
misma un docente (maestro o profesor de secundaria) con destino en un centro público de
la localidad o zona, para lo cual deberá efectuar petición escrita a la dirección del centro
público, con al menos diez días de antelación al inicio de las actuaciones. En el caso de que
exista algún docente interesado, el centro solicitará autorización a la Delegación Provincial
de Educación correspondiente, para que éste pueda asistir a las actuaciones de la citada
comisión de selección.
3. La convocatoria pública deberá contener al menos:
a) Las enseñanzas a desarrollar.
b) Los requisitos profesionales y titulación necesarios para el desarrollo de las enseñanzas.
c) La obligación de todos los formadores de aceptar las directrices pedagógicas del centro
docente público que coordine la zona educativa en la que se encuentre ubicada la
actuación.
d) La localidad o localidades donde se desarrollarán las actividades formativas.
4. E
 n el proceso de selección de los formadores se tendrán en cuenta, entre otros méritos los
siguientes:
a) La situación laboral.
b) Experiencia docente en la educación de adultos y otras enseñanzas.
c) La formación y especialización profesional.
d) La presentación y defensa pública de un proyecto pedagógico relacionado con los programas a impartir.