Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Personal Estatutario. (2021040097)
Decreto 81/2021, de 7 de julio, por el que se regula el sistema de selección de personal estatutario y de provisión de plazas básicas, singularizadas y de jefaturas de unidad del Organismo Autónomo, Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 133
35632
Martes, 13 de julio de 2021
definitivo, pasará a una nueva situación de excedencia voluntaria, en el plazo de tres días
hábiles desde la resolución del concurso, incluso en el supuesto de que la plaza que viniese
ocupando no hubiera sido adjudicada en dicho concurso.
TÍTULO III
Provisión de Jefaturas de Unidad
CAPITULO I
Régimen general
Artículo 52. Definición.
1. T
endrán la consideración de puestos de Jefatura de Unidad aquellos a los que se atribuye la
responsabilidad y organización del funcionamiento de la unidad correspondiente.
2. L
as Jefaturas de Unidad podrán ser tanto asistenciales como de gestión y servicios. Y a su
vez podrán configurarse como un puesto de trabajo o como un complemento funcional de
especial responsabilidad que suponga una acumulación de funciones desempeñadas a las
de su plaza básica sin que ello suponga duplicidad de puestos.
CAPÍTULO II
Provisión de Jefaturas por libre designación
Artículo 53. Normas generales y contenido de la convocatoria.
1. L
a provisión de puestos de Jefatura de Unidad, a las que se les atribuye especial responsabilidad del funcionamiento de la unidad correspondiente, cuyo contenido o definición
funcional venga determinado con carácter específico, y así se hallen identificadas con tal
carácter en las plantillas orgánicas se proveerán por el sistema de libre designación, mediante convocatoria que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
2. E
n la convocatoria que se realizará por la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de
Salud, se especificarán las características generales y específicas del puesto, los requisitos
exigidos para su provisión y el baremo de méritos para la evaluación de su curriculum profesional, así como podrá establecerse una puntuación mínima para su provisión.
3. La convocatoria contendrá el plazo y el procedimiento de presentación de solicitudes.
35632
Martes, 13 de julio de 2021
definitivo, pasará a una nueva situación de excedencia voluntaria, en el plazo de tres días
hábiles desde la resolución del concurso, incluso en el supuesto de que la plaza que viniese
ocupando no hubiera sido adjudicada en dicho concurso.
TÍTULO III
Provisión de Jefaturas de Unidad
CAPITULO I
Régimen general
Artículo 52. Definición.
1. T
endrán la consideración de puestos de Jefatura de Unidad aquellos a los que se atribuye la
responsabilidad y organización del funcionamiento de la unidad correspondiente.
2. L
as Jefaturas de Unidad podrán ser tanto asistenciales como de gestión y servicios. Y a su
vez podrán configurarse como un puesto de trabajo o como un complemento funcional de
especial responsabilidad que suponga una acumulación de funciones desempeñadas a las
de su plaza básica sin que ello suponga duplicidad de puestos.
CAPÍTULO II
Provisión de Jefaturas por libre designación
Artículo 53. Normas generales y contenido de la convocatoria.
1. L
a provisión de puestos de Jefatura de Unidad, a las que se les atribuye especial responsabilidad del funcionamiento de la unidad correspondiente, cuyo contenido o definición
funcional venga determinado con carácter específico, y así se hallen identificadas con tal
carácter en las plantillas orgánicas se proveerán por el sistema de libre designación, mediante convocatoria que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
2. E
n la convocatoria que se realizará por la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de
Salud, se especificarán las características generales y específicas del puesto, los requisitos
exigidos para su provisión y el baremo de méritos para la evaluación de su curriculum profesional, así como podrá establecerse una puntuación mínima para su provisión.
3. La convocatoria contendrá el plazo y el procedimiento de presentación de solicitudes.