Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estructuras Orgánicas. (2021040096)
Decreto 80/2021, de 7 de julio, por el que se modifica el Decreto 163/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
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NÚMERO 133
35591
Martes, 13 de julio de 2021
se estructura la Dirección Gerencia del SEPAD, se ha optado en lugar de reseñar únicamente
las modificaciones correspondientes, por incluir la redacción integral del artículo modificado
con la finalidad de clarificar y armonizar la redacción del precepto para proporcionar una mejor comprensión de este tras las sucesivas modificaciones llevadas a cabo en el mismo.
Por ello, de conformidad con lo previsto en los artículos 23 ñ) y 57.1 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
a iniciativa del Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales y a propuesta de la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública, previa
deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su reunión de 7 de julio
de 2021
DISPONGO
Artículo único. Modificación del Decreto 163/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
y se modifica el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los
Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la
Dependencia.
Se modifica la letra n) del apartado 1 del artículo 5, que queda redactado como sigue:
“n) El ejercicio de potestad sancionadora en materia de accesibilidad en relación con los
espacios urbanizados de uso y acceso público, salvo en los supuestos en los que la competencia correspondiere a la Administración local. En el resto de los ámbitos materiales, el
apoyo técnico que fuere solicitado en los procedimientos sancionadores que, en relación
con las materias propias de su competencia, tramiten los órganos competentes de cada
departamento de conformidad con el artículo 32 de la Ley 11/2014, de 9 de diciembre, de
accesibilidad universal de Extremadura.”
Disposición adicional única. Modificación de la relación de puestos de trabajo de
personal funcionario.
Mediante orden de la persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y
Administración Pública se procederá a modificar la correspondiente relación de puestos de trabajo de personal funcionario a fin de adaptarla al contenido del presente decreto de acuerdo
con lo dispuesto en Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y normativa reglamentaria de desarrollo.
35591
Martes, 13 de julio de 2021
se estructura la Dirección Gerencia del SEPAD, se ha optado en lugar de reseñar únicamente
las modificaciones correspondientes, por incluir la redacción integral del artículo modificado
con la finalidad de clarificar y armonizar la redacción del precepto para proporcionar una mejor comprensión de este tras las sucesivas modificaciones llevadas a cabo en el mismo.
Por ello, de conformidad con lo previsto en los artículos 23 ñ) y 57.1 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
a iniciativa del Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales y a propuesta de la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública, previa
deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su reunión de 7 de julio
de 2021
DISPONGO
Artículo único. Modificación del Decreto 163/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
y se modifica el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los
Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la
Dependencia.
Se modifica la letra n) del apartado 1 del artículo 5, que queda redactado como sigue:
“n) El ejercicio de potestad sancionadora en materia de accesibilidad en relación con los
espacios urbanizados de uso y acceso público, salvo en los supuestos en los que la competencia correspondiere a la Administración local. En el resto de los ámbitos materiales, el
apoyo técnico que fuere solicitado en los procedimientos sancionadores que, en relación
con las materias propias de su competencia, tramiten los órganos competentes de cada
departamento de conformidad con el artículo 32 de la Ley 11/2014, de 9 de diciembre, de
accesibilidad universal de Extremadura.”
Disposición adicional única. Modificación de la relación de puestos de trabajo de
personal funcionario.
Mediante orden de la persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y
Administración Pública se procederá a modificar la correspondiente relación de puestos de trabajo de personal funcionario a fin de adaptarla al contenido del presente decreto de acuerdo
con lo dispuesto en Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y normativa reglamentaria de desarrollo.