Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estructuras Orgánicas. (2021040096)
Decreto 80/2021, de 7 de julio, por el que se modifica el Decreto 163/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
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NÚMERO 133
Martes, 13 de julio de 2021

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competencia sancionadora en materia de accesibilidad en los órganos competentes por razón
del ámbito material en el que se desarrolle la actuación-, con la actual existencia de un órgano
transversal con competencias en materia de accesibilidad, -la Dirección General de accesibilidad y centros-, con la finalidad de clarificar el régimen competencial en materia sancionadora
para garantizar el principio de seguridad jurídica que, con la redacción precedente, suscitaba
dudas interpretativas al conjugar las previsiones legales contenidas en el artículo 32 con las
previstas en el decreto de estructura que ahora se modifica, se hace residir específicamente
en la Dirección General referida la competencia para el ejercicio de la competencia sancionadora en materia de espacios públicos urbanizados por tratarse de un ámbito competencial
donde existían dudas sobre el órgano competente en la materia, mientras que, en el resto de
ámbitos materiales se especifica, en conjunción con la previsión legal contenida en el ya referido artículo 32, que la Dirección General de Accesibilidad y Centros podrá prestar el apoyo
técnico que resultase necesario, sin perjuicio de que serán los órganos directivos competentes en cada ámbito material correspondiente los que ostenten el ejercicio de la competencia
sancionadora por infracciones en materia de accesibilidad.
En segundo lugar, se introduce un órgano de superior nivel funcionarial denominado “Unidad
de Prestaciones Económicas” en la estructura de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño
de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) con la finalidad de agilizar la tramitación de las prestaciones económicas vinculadas a los servicios de dependencia
dado el ingente volumen actualmente existente que dificulta su gestión y supervisión.
Asimismo, la creación de esta nueva Unidad de Prestaciones Económicas en la estructura de
la Dirección Gerencia del SEPAD conlleva un cambio en la denominación de la “Unidad de
Gestión de Recursos, Dispositivos y Servicios”, que pasa a denominarse “Unidad de Acceso y
Valoración de la Dependencia” con el objeto de adecuar su denominación al efectivo ejercicio
de las funciones técnicas atribuidas, fundamentalmente, de valoración y revisión del grado de
la dependencia y determinación del programa individual de atención.
Por otro lado, para garantizar un funcionamiento de la organización más acorde a los medios
personales y materiales disponibles en el seno del Servicio Extremeño de Promoción de la
Autonomía y Atención a la Dependencia, con el objetivo último de obtener una mayor eficacia y eficiencia en la gestión de los recursos públicos y por razones de seguridad jurídica, se
incorpora entre las competencias asignadas a la Dirección Gerencia del SEPAD, como órgano
superior del citado ente público, la concesión de subvenciones.
En tal sentido, aunque la modificación operada mediante el presente decreto se circunscribe a
los apartados 2 y 4, del artículo 5, del anexo del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el
que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, referidos respectivamente a las funciones y a las unidades en las que