Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estructuras Orgánicas. (2021040096)
Decreto 80/2021, de 7 de julio, por el que se modifica el Decreto 163/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
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NÚMERO 133
Martes, 13 de julio de 2021

I

35589

DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DECRETO 80/2021, de 7 de julio, por el que se modifica el Decreto 163/2019,
de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Decreto 222/2008, de 24
de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de
Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia. (2021040096)
El Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifica la denominación, el
número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, crea la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, y le atribuye, en su artículo 2, las competencias en materia de sanidad, dependencia y accesibilidad
universal, las de infancia y familia, servicios sociales, migraciones, prestaciones sociales y las
de consumo atribuidas a la anterior Consejería de Sanidad y Políticas Sociales.
Mediante el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura se determina el número, denominación y competencias de los órganos directivos que conforman la Presidencia
de la Junta y las distintas Consejerías, entre ellas, la presente Consejería.
Por Decreto 163/2019, de 29 de octubre, se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y, además, se modifica el Decreto 222/2008, de 24 de
octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la
Autonomía y Atención a la Dependencia (DOE núm. 214, de 6 de noviembre), proporcionando
una nueva redacción al artículo 5 de dichos estatutos, con la intención de aunar en la Dirección Gerencia, además de las funciones tradicionalmente encomendadas por su condición de
órgano superior del ente público, aquellas otras vinculadas de manera directa a la promoción
de la autonomía y atención a la dependencia. Tal modificación comportó, en consecuencia, la
supresión del artículo 7 de los Estatutos del SEPAD.
Tras el tiempo transcurrido, para un adecuado ejercicio de las competencias que tiene atribuidas la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales se considera necesario acometer una
modificación de su estructura orgánica que complete la efectuada con anterioridad.
De esta forma, en primer lugar, para dar cumplimiento a las previsiones establecidas en relación con el ejercicio de la potestad sancionadora en el artículo 32 de la Ley 11/2014, de 9 de
diciembre, de accesibilidad universal de Extremadura - precepto en el que se hace residir la