Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2021040093)
Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
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NÚMERO 133
Martes, 13 de julio de 2021

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2. L
 as ayudas a que se refiere este decreto no son compatibles con las ayudas de empleo
que incluyan la ejecución de las obras realizadas por la propia entidad beneficiaria, como
medida de fomento de la contratación pública.
Artículo 8. Procedimiento de concesión.
1. E
 l procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en el presente decreto se
tramitará en régimen de concurrencia competitiva de convocatoria periódica, mediante la
comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previstos en el artículo 13 de estas bases, y
adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, aquellas que
hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
No obstante lo anterior, no será necesario fijar un orden de prelación entre las solicitudes
presentadas que reúnan los requisitos establecidos en las presentes bases, cuando el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes,
una vez finalizado el plazo de presentación.
2. L
 as administraciones locales, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrán optar a más de una línea de ayuda, cuando así lo establezca la convocatoria, siempre que estás sean compatibles entre sí, debiendo presentar una solicitud (anexo
II) por cada línea de ayuda
Artículo 9. Presentación de la solicitud, documento y plazos.
1. E
 l plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, a contar desde el día siguiente al
de la publicación de la convocatoria correspondiente, así como de su extracto, en el Diario
Oficial de Extremadura.
2. L
 as solicitudes se presentarán de forma electrónica a través del Registro Electrónico General, de la SEDE electrónica de la Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/
registroGeneral/registroGeneral.jsf conforme al anexo II, dirigidas a la Dirección General
de Sostenibilidad, de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Administración Autonómica, conforme a lo establecido en el artículo 3.2, de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La solicitud deberá ir acompañada
de la documentación complementaria a que se hace referencia en el anexo I para cada
línea de ayuda, además de la siguiente documentación en formato electrónico con firma
electrónica verificable:
a) Declaración responsable del solicitante que acredite su capacidad para obtener la condición de entidad beneficiaria al no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones
establecidas en el artículo 6 de este decreto.