Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2021040093)
Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
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NÚMERO 133
Martes, 13 de julio de 2021

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2. S
 e entenderá por inicio de la inversión, la existencia de contratos privados de compraventa
de fecha anterior a la presentación de la solicitud de ayuda, si se hubiera convenido en el
objeto del contrato y en el precio, aunque ni lo uno ni lo otro se hayan entregado, así como
el primer compromiso en firme para el pedido de materiales, bienes de equipos y equipamiento o para la realización de cualquier otro gasto o inversión objeto de subvención.
3. L
 a acreditación de no haber iniciado las inversiones se realizará mediante declaración
responsable incluida en la propia solicitud, según modelo establecido en el anexo II del
presente decreto.
4. E
 n el caso de que las inversiones a subvencionar se iniciasen antes de haberse cumplido las
condiciones establecidas en el presente artículo, la totalidad del proyecto no podrá optar
a la ayuda.
5. L
 as ayudas establecidas se entienden abonables cuando se cumpla el objeto de la subvención conforme se establece en la resolución de concesión de las mismas. Por tanto, las
obras, suministros y servicios deben ser susceptibles de su entrega para el uso público.
Las ejecuciones parciales de las actuaciones que no permitan lograr el objeto final de la
subvención darán lugar, en su caso, al reintegro de las mismas.
Artículo 20. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
1. L
 os beneficiarios de las ayudas deberán cumplir con las obligaciones establecidas en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y a las disposiciones en materia de subvenciones establecidas por el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
y en particular, con las establecidas en el presente Decreto y en la Resolución individual de
concesión de la ayuda.
2. A
 sí mismo, las entidades beneficiarias quedarán obligadas a comunicar a la Consejería con
competencias en materia de sostenibilidad ambiental, la percepción de cualquier ayuda que
tenga por objeto financiar la misma actuación.
3. D
 e acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71, del Reglamento (CE)1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establecen disposiciones
comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al
Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo