Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud Bucodental. (2021050130)
Orden de 5 de julio de 2021 por la que se regulan los requisitos y el procedimiento de autorización para el desarrollo de la prestación de la asistencia dental establecida en el Decreto 195/2004, de 29 de diciembre, sobre asistencia dental a la población infantil y a personas con determinadas situaciones clínicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 132

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Lunes, 12 de julio de 2021

de servicios, en concreto los servicios que se conocen como servicios a las personas, como
ciertos servicios sociales, sanitarios, incluyendo los farmacéuticos, y educativos u organizar
los mismos de manera que no sea necesario celebrar contratos públicos, por ejemplo, mediante la simple financiación de estos servicios o la concesión de licencias o autorizaciones
a todos los operadores económicos que cumplan las condiciones previamente fijadas por el
poder adjudicador, sin límites ni cuotas, siempre que dicho sistema garantice una publicidad
suficiente y se ajuste a los principios de transparencia y no discriminación. Así, en su artículo 11.6 excluye de su ámbito de aplicación la prestación de servicios sociales por entidades
privadas, siempre que éste se realice sin necesidad de celebrar contratos públicos, a través,
entre otros medios, de la simple financiación de estos servicios o de la concesión de licencias
o autorizaciones a todas las entidades que cumplan las condiciones previamente fijadas por
el poder adjudicador, sin límites ni cuotas, y que dicho sistema garantice una publicidad suficiente y se ajuste a los principios de transparencia y no discriminación.
Asimismo, la disposición adicional cuadragésimo novena de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, habilita a las Comunidades Autónomas para que, en el ejercicio de las competencias que
tienen atribuidas, legislen articulando instrumentos no contractuales para la prestación de
servicios públicos destinados a satisfacer necesidades de carácter social.
Por tanto, resulta necesario para garantizar la asistencia dental a la población infantil y a
personas con determinadas situaciones clínicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
regular los requisitos y el procedimiento de adhesión para la prestación de la asistencia dental
a este colectivo en ejecución del Decreto 195/2004, de 29 de diciembre.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con la disposición adicional primera del Decreto
95/2004, de 29 de diciembre, sobre asistencia dental a la población infantil y a personas con
determinadas situaciones clínicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el ejercicio de las competencias que ostento en relación con la regulación de las materias propias de
esta Consejería, que me reconocen los artículos 36.f) y 92 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto establecer los requisitos y el procedimiento de autorización de profesionales de odontología o de la medicina especialistas en estomatología para el
desarrollo de la prestación de la asistencia dental establecida en el Decreto 195/2004, de 29
de diciembre sobre asistencia dental a la población infantil y a personas con determinadas
situaciones clínicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.