Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2021040067)
Decreto 56/2021, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de actividades de investigación y desarrollo tecnológico, de divulgación y de transferencia del conocimiento por los Grupos de Investigación de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 131
Viernes, 9 de julio de 2021



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d) Dirección de tesis doctorales defendidas, dirigidas por alguno de los investigadores o las investigadoras del grupo. Se otorgarán 1.5 puntos por tesis con mención
de doctorado europeo/internacional y premio extraordinario de doctorado, 1.0
por tesis con mención de doctorado europeo/internacional o premio extraordinario de doctorado y 0.5 puntos por tesis defendida.

4.2. Coordinación del grupo liderada por una mujer y/o investigador o investigadora con
edad inferior a 35 años, se otorgará 5 puntos.
4.3. Si el personal investigador doctor que conforman el Grupo de Investigación forman
parte de un Instituto Universitario en proporción igual o superior al 50% del total de
los investigadores o investigadoras doctores del grupo, se otorgará 10 puntos. Se entiende por Instituto Universitario los regulados en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades.
5. L
 a puntuación final será la suma de todas las puntuaciones obtenidas en los apartados
anteriores.
Artículo 13. Propuesta y resolución.
1. E
 l órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
2. El órgano instructor, a la vista del informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que no se apartará del sentido
del informe de la Comisión de Valoración, y la elevará al órgano competente para resolver.
La propuesta de resolución provisional será notificada a los interesados para que en un
plazo de cinco días hábiles puedan adaptar el Plan de Actividades de I+D+i, a través de la
página web https://ayudaspri.juntaex.es, o la que se encuentre habilitada al efecto para
este trámite que se indicará en la convocatoria, al importe concedido.
No obstante, si transcurrido el citado plazo los interesados no han presentado un nuevo
Plan de Actividades de I+D+i, éste adquirirá el carácter de definitivo. De conformidad con
ello, se deberá realizar y desarrollar en su totalidad el Plan de Actividades propuesto con el
importe asignado, por lo que la diferencia económica en los gastos subvencionables, si los
hubiera, deberá ser asumida por el beneficiario.
Todo ello de conformidad dispuesto con el artículo 27 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
“Una manera de hacer Europa”