Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021080916)
Anuncio de 28 de junio de 2021 por el que se hace pública la memoria ambiental del Plan General Municipal de Acebo, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: IA11/890.
48 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 131
Viernes, 9 de julio de 2021
35350
logos) intensivos se considerarán incompatibles o prohibidos en las ZIP y ZAI designadas en
la zonificación de la Red Natura 2000, y autorizables en el resto de la Red Natura 2000, así
como en los Hábitat Críticos de aves forestales y las Áreas Críticas de especies amenazadas
que cuenten con planes aprobados.
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Medio Ambiente: informa
que en el término municipal de Acebo se ubican los montes número 9 y 150 del Catálogo de
Montes de Utilidad Pública de la provincia de Cáceres, denominados “Jálama” y “Egidos de
Acebo” respectivamente y propiedad ambos de este municipio. Ambos se encuentran representados en los planos adjuntos a la documentación, si bien su representación no coincide
exactamente con la oficial, fruto de amojonamiento del primero y de la reciente catalogación
del segundo.
En el artículo 3.1.1.20 “Afección a Montes de Utilidad Pública” de las normas urbanísticas de
Acebo, no se hace referencia a la vigente Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura;
aplicable al territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura en lo que non contradiga a la
Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
Que las nuevas superficies clasificadas como urbanas o urbanizables en la documentación presentada no afectan a montes gestionados por este Servicio ni a terrenos de carácter forestal.
Con fecha 23 de junio de 202 se recibe informe complementario de este Servicio a solicitud
de la Dirección General de Sostenibilidad, con el objeto de determinar la viabilidad de disponer de suelo urbano para la construcción de un centro residencial para personas mayores
que ocuparía una superficie de 7.503 m2 de los siguientes terrenos: parcela 80, polígono 23
y parcela 422, polígono 23. Tras el análisis realizado por ese Servicio se informa de que solo
sería posible la reclasificación de la mitad inferior de la parcela 80, polígono 23 para uso dotacional, excluyendo la mitad superior, en la que se deberán respetar los pies de Quercus suber,
ya que ésta tendría la condición de monte
Servicio de Recursos Cinegéticos y Piscícolas de la Dirección General de Medio Ambiente: indica que los aspectos que se deben contemplar en el documento desde el punto de vista de
su afectación al medio fluvial e ictiofauna son: Captación de aguas de abastecimiento, tratamiento de aguas residuales, obras de paso sobre ríos y arroyos y canalizaciones.
Servicio de Prevención y Extinción de Incendios: se indica que el término municipal de Acebo
se encuentra íntegramente dentro de la Zona de Alto Riesgo de Sierra de Gata.
Una de las figuras más importantes para la prevención de incendios forestales son los Planes
Periurbanos de Prevención de Incendios que tiene por objeto establecer medidas específicas
para la prevención de incendios forestales en la zona periurbana de las diferentes entidades
Viernes, 9 de julio de 2021
35350
logos) intensivos se considerarán incompatibles o prohibidos en las ZIP y ZAI designadas en
la zonificación de la Red Natura 2000, y autorizables en el resto de la Red Natura 2000, así
como en los Hábitat Críticos de aves forestales y las Áreas Críticas de especies amenazadas
que cuenten con planes aprobados.
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Medio Ambiente: informa
que en el término municipal de Acebo se ubican los montes número 9 y 150 del Catálogo de
Montes de Utilidad Pública de la provincia de Cáceres, denominados “Jálama” y “Egidos de
Acebo” respectivamente y propiedad ambos de este municipio. Ambos se encuentran representados en los planos adjuntos a la documentación, si bien su representación no coincide
exactamente con la oficial, fruto de amojonamiento del primero y de la reciente catalogación
del segundo.
En el artículo 3.1.1.20 “Afección a Montes de Utilidad Pública” de las normas urbanísticas de
Acebo, no se hace referencia a la vigente Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura;
aplicable al territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura en lo que non contradiga a la
Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
Que las nuevas superficies clasificadas como urbanas o urbanizables en la documentación presentada no afectan a montes gestionados por este Servicio ni a terrenos de carácter forestal.
Con fecha 23 de junio de 202 se recibe informe complementario de este Servicio a solicitud
de la Dirección General de Sostenibilidad, con el objeto de determinar la viabilidad de disponer de suelo urbano para la construcción de un centro residencial para personas mayores
que ocuparía una superficie de 7.503 m2 de los siguientes terrenos: parcela 80, polígono 23
y parcela 422, polígono 23. Tras el análisis realizado por ese Servicio se informa de que solo
sería posible la reclasificación de la mitad inferior de la parcela 80, polígono 23 para uso dotacional, excluyendo la mitad superior, en la que se deberán respetar los pies de Quercus suber,
ya que ésta tendría la condición de monte
Servicio de Recursos Cinegéticos y Piscícolas de la Dirección General de Medio Ambiente: indica que los aspectos que se deben contemplar en el documento desde el punto de vista de
su afectación al medio fluvial e ictiofauna son: Captación de aguas de abastecimiento, tratamiento de aguas residuales, obras de paso sobre ríos y arroyos y canalizaciones.
Servicio de Prevención y Extinción de Incendios: se indica que el término municipal de Acebo
se encuentra íntegramente dentro de la Zona de Alto Riesgo de Sierra de Gata.
Una de las figuras más importantes para la prevención de incendios forestales son los Planes
Periurbanos de Prevención de Incendios que tiene por objeto establecer medidas específicas
para la prevención de incendios forestales en la zona periurbana de las diferentes entidades