Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061999)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa para la realización de prácticas académicas externas, entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Universidad Católica Santa Teresa de Jesús de Ávila.
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NÚMERO 130
Jueves, 8 de julio de 2021
35034
5º Certificar, en relación con aquellos profesionales de la entidad que hayan colaborado
con la UCAV en la realización de las prácticas, a petición de ellos, las tareas de colaboración prestadas
6º Adoptar cuantas medidas sean necesarias para eliminar o minimizar los riesgos a los
que puedan quedar sometidos el alumnado. A tal efecto, les informará sobre los riesgos
existentes en cada área sanitaria, u las medidas para su prevención, y les exigirá la
utilización de los equipos de protección individual necesarios.
7º A los efectos previstos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de
Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la y de la Ley
de Enjuiciamiento Civil y a la Orden SSI/81/2017, de 19 de enero por la que se publica
el acuerdo de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, por el
que se aprueba el protocolo mediante el que se determinan pautas básicas destinadas a
asegurar y proteger el derecho a la intimidad del paciente por los alumnos y residentes
en Ciencias de la Salud, la UCAV aportará a la gerencia del centro sanitario donde se
desarrollen las prácticas, la certificación negativa de inscripción en el Registro Central
de Delincuentes Sexuales del alumnado que realice las prácticas.
Por su parte, la CSSS se comprometerá a:
1º Designar, juntamente con la UCAV, un tutor o tutora del alumnado, que vayan a realizar
las prácticas en ella.
2º Orientar y ayudar al alumno en sus dudas y dificultades en el desarrollo de las prácticas.
3º Informar al alumnado sobre la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
4º Facilitar al alumnado, previa comunicación escrita por parte de ésta, el cumplimiento de
su actividad académica y formativa
5º La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales se compromete al cumplimiento de la
Programación de actividades formativas que previamente hayan sido acordada por la
UCAV, a realizar su seguimiento, a la valoración del progreso del alumnado y, junto con
la persona encargada de la tutoría, a la revisión de la programación, si una vez iniciado
el período de prácticas, y a la vista de los resultados, fuese necesario.
De manera conjunta, ambas entidades se comprometen a:
1º Las partes se comprometen a colaborar en la organización, coordinación y realización
de las prácticas, bajo el principio de buena fe y confianza legítima, rigiéndose sus actuaciones por los principios de cooperación y colaboración.
Jueves, 8 de julio de 2021
35034
5º Certificar, en relación con aquellos profesionales de la entidad que hayan colaborado
con la UCAV en la realización de las prácticas, a petición de ellos, las tareas de colaboración prestadas
6º Adoptar cuantas medidas sean necesarias para eliminar o minimizar los riesgos a los
que puedan quedar sometidos el alumnado. A tal efecto, les informará sobre los riesgos
existentes en cada área sanitaria, u las medidas para su prevención, y les exigirá la
utilización de los equipos de protección individual necesarios.
7º A los efectos previstos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de
Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la y de la Ley
de Enjuiciamiento Civil y a la Orden SSI/81/2017, de 19 de enero por la que se publica
el acuerdo de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, por el
que se aprueba el protocolo mediante el que se determinan pautas básicas destinadas a
asegurar y proteger el derecho a la intimidad del paciente por los alumnos y residentes
en Ciencias de la Salud, la UCAV aportará a la gerencia del centro sanitario donde se
desarrollen las prácticas, la certificación negativa de inscripción en el Registro Central
de Delincuentes Sexuales del alumnado que realice las prácticas.
Por su parte, la CSSS se comprometerá a:
1º Designar, juntamente con la UCAV, un tutor o tutora del alumnado, que vayan a realizar
las prácticas en ella.
2º Orientar y ayudar al alumno en sus dudas y dificultades en el desarrollo de las prácticas.
3º Informar al alumnado sobre la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
4º Facilitar al alumnado, previa comunicación escrita por parte de ésta, el cumplimiento de
su actividad académica y formativa
5º La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales se compromete al cumplimiento de la
Programación de actividades formativas que previamente hayan sido acordada por la
UCAV, a realizar su seguimiento, a la valoración del progreso del alumnado y, junto con
la persona encargada de la tutoría, a la revisión de la programación, si una vez iniciado
el período de prácticas, y a la vista de los resultados, fuese necesario.
De manera conjunta, ambas entidades se comprometen a:
1º Las partes se comprometen a colaborar en la organización, coordinación y realización
de las prácticas, bajo el principio de buena fe y confianza legítima, rigiéndose sus actuaciones por los principios de cooperación y colaboración.