Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061999)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa para la realización de prácticas académicas externas, entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Universidad Católica Santa Teresa de Jesús de Ávila.
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NÚMERO 130
Jueves, 8 de julio de 2021

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2º L
 as prácticas reguladas al amparo del presente convenio, se desarrollarán en los edificios e instalaciones en que se encuentran ubicados los distintos centros sanitarios dependientes de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, quedando condicionada la
realización de estas a la disponibilidad de plazas y a la normativa aplicable para la suscripción de convenios y asignación de plazas para la realización de prácticas docentes.
3º El número de plazas de prácticas, su duración y su periodicidad se determinarán atendiendo a las necesidades organizativas y la capacidad docente de la que se disponga
por cada centro sanitario.
4º La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la UCAV no podrán cubrir, ni siquiera
con carácter de interinidad, ningún puesto de trabajo de sus plantillas con los alumnos
que realicen actividades formativas.
Cuarta. Centros, Departamentos o locales en los que se desarrollarán las prácticas
formativas.
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales se compromete a permitir la realización de las
prácticas del alumnado seleccionado por la UCAV, una vez comprobada la disponibilidad de
plazas para la realización de esas prácticas y sean autorizadas las mismas por el responsable
del centro sanitario correspondiente, para lo cual dispondrán aquellos locales, Departamentos
o Unidades de las Áreas de Salud en los que las prácticas se harán efectivas.
El alumnado seleccionado, desarrollará las actividades formativas programadas en los Centros, Departamentos o Unidades de las Áreas de Salud, quedando sometidos al régimen de
funcionamiento de los centros sanitarios.
Las prácticas se llevarán a cabo en los centros y servicios/áreas que constarán en el anexo II
al presente convenio. Anualmente, se actualizarán, suscribiéndose de ser necesario el oportuno anexo, los datos relativos a los centros y servicios/áreas de los mismos en los que los
alumnos de la UCAV desarrollen sus prácticas.
Con carácter previo al inicio del acto asistencial el profesional responsable de la tutoría designado por el centro sanitario, informará al paciente o a su representante sobre la presencia
de estudiantes, solicitando su consentimiento verbal para que presencien las actuaciones clínicas o sanitarias. Dicho consentimiento se deberá reiterar en caso de realizar exploraciones
físicas. El alumnado estará acompañado en todo momento, no pudiendo acceder al paciente
sin la presencia del personal del centro responsable de su formación o personal en quien se
delegue. Igualmente, solo podrán acceder a la historia clínica bajo la mencionada supervisión
y siempre con arreglo a lo dispuesto en Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora
de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.