Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062001)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Universidad Pontificia de Salamanca.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 130
Jueves, 8 de julio de 2021

35072

A tal efecto, les informará sobre los riesgos existentes en cada área sanitaria, u las
medidas para su prevención, y les exigirá la utilización de los equipos de protección
individual necesarios.
8º Se deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil, el cual se desarrolla debidamente en el clausulado de este convenio.
Tercera. Centros, Departamentos o locales en los que se desarrollarán las prácticas
formativas.
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales se compromete a permitir la realización de las
prácticas del alumnado seleccionado por la Universidad Pontificia de Salamanca, una vez comprobada la disponibilidad de plazas para la realización de esas prácticas y sean autorizadas
las mismas por el responsable del centro sanitario correspondiente, para lo cual dispondrán
aquellos locales, Departamentos o Unidades de las Áreas de Salud, en los que las prácticas
se harán efectivas.
El alumnado seleccionado, que figuren en el Anexo del presente convenio, desarrollará las
actividades formativas programadas en los Centros, Departamentos o Unidades de las Áreas
de Salud, quedando sometidos al régimen de funcionamiento de los centros sanitarios, si bien
los horarios de permanencia en los mismos serán los recogidos en el citado Anexo.
Con carácter previo al inicio del acto asistencial el profesional responsable de la tutoría designado por el centro sanitario informará al paciente o a su representante sobre la presencia
de estudiantes, solicitando su consentimiento verbal para que presencien las actuaciones clínicas o sanitarias. Dicho consentimiento se deberá reiterar en caso de realizar exploraciones
físicas. El alumnado estará acompañado en todo momento, no pudiendo acceder al paciente
sin la presencia del personal del centro responsable de su formación o personal en quien se
delegue. Igualmente, solo podrán acceder a la historia clínica bajo la mencionada supervisión
y siempre con arreglo a lo dispuesto en Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora
de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Cuarta. Supervisión y reconocimiento de las prácticas.
Para todo el alumnado en prácticas, la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales designará a
la persona encargada de realizar la tutoría, que junto con la persona responsable que designe
la Universidad Pontificia de Salamanca, serán las personas encargadas de resolver en primera
instancia las incidencias que se produzcan en el desarrollo de las prácticas, debiendo informar
a los responsables de las instituciones que suscriben este Convenio de cuantas cuestiones
requieran su intervención.