Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062001)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Universidad Pontificia de Salamanca.
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NÚMERO 130
Jueves, 8 de julio de 2021
35078
Para aquellos alumnos o alumnas, que no disfruten de la cobertura del Seguro Escolar, la Universidad Pontificia de Salamanca, dará cobertura a las contingencias que pudieran producirse
durante el desarrollo de las prácticas mediante la suscripción de un seguro de accidentes y
de responsabilidad civil por los daños propios o a terceros que pudieran ser causados por el
alumnado en el curso de las prácticas, asumiendo los costes derivados de las suscripciones
de los seguros.
Además, la Universidad Pontifica de Salamanca, suscribirá una póliza de responsabilidad civil
que cubrirá los riesgos que, como consecuencia de la actividad de sus estudiantes dentro de
los diferentes centros de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, pudiera producirse, y
que deberá de adjuntarse al presente convenio dentro de sus documentos anexos, copia de
la documentación referida así como certificado acreditativo de la vigencia de la misma, con
carácter previo al comienzo de la realización de las prácticas.
Décima. Exención de contraprestación económica.
Dado el carácter exclusivamente formativo de las prácticas académicas externas, no se establece entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el
alumnado ninguna relación contractual de clase mercantil, civil o laboral, al no concurrir los
requisitos que exigen las leyes. Por tanto, la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la
Junta de Extremadura no está obligada a devengar contraprestación económica alguna.
Decimoprimera. Confidencialidad y protección de datos.
Ambas partes se comprometen a guardar absoluta confidencialidad sobre la totalidad de los
datos, informaciones y documentación de todo tipo facilitados para el cumplimiento del presente convenio en estricto cumplimiento con lo establecido por la Ley Orgánica 3/2018, de
5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en
virtud de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, debiendo mantener
absolutamente indemne a la otra frente a cualquier responsabilidad que pudiera serles exigida
a consecuencia de ello, ya sea de las autoridades de control o de los interesados.
Los datos personales que se recogen en este convenio y en los contratos a suscribir con el
alumnado seleccionado, serán incorporados a sendos registros de actividades de tratamientos de los que las partes firmantes sean responsables a los efectos de llevar a buen fin el
presente Convenio, encontrándose la base jurídica del tratamiento en el artículo 6.1 b) del
Reglamento Europeo, adoptándose las medidas de índole técnica y organizativas necesarias
que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal proporcionados, que eviten
Jueves, 8 de julio de 2021
35078
Para aquellos alumnos o alumnas, que no disfruten de la cobertura del Seguro Escolar, la Universidad Pontificia de Salamanca, dará cobertura a las contingencias que pudieran producirse
durante el desarrollo de las prácticas mediante la suscripción de un seguro de accidentes y
de responsabilidad civil por los daños propios o a terceros que pudieran ser causados por el
alumnado en el curso de las prácticas, asumiendo los costes derivados de las suscripciones
de los seguros.
Además, la Universidad Pontifica de Salamanca, suscribirá una póliza de responsabilidad civil
que cubrirá los riesgos que, como consecuencia de la actividad de sus estudiantes dentro de
los diferentes centros de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, pudiera producirse, y
que deberá de adjuntarse al presente convenio dentro de sus documentos anexos, copia de
la documentación referida así como certificado acreditativo de la vigencia de la misma, con
carácter previo al comienzo de la realización de las prácticas.
Décima. Exención de contraprestación económica.
Dado el carácter exclusivamente formativo de las prácticas académicas externas, no se establece entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el
alumnado ninguna relación contractual de clase mercantil, civil o laboral, al no concurrir los
requisitos que exigen las leyes. Por tanto, la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la
Junta de Extremadura no está obligada a devengar contraprestación económica alguna.
Decimoprimera. Confidencialidad y protección de datos.
Ambas partes se comprometen a guardar absoluta confidencialidad sobre la totalidad de los
datos, informaciones y documentación de todo tipo facilitados para el cumplimiento del presente convenio en estricto cumplimiento con lo establecido por la Ley Orgánica 3/2018, de
5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en
virtud de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, debiendo mantener
absolutamente indemne a la otra frente a cualquier responsabilidad que pudiera serles exigida
a consecuencia de ello, ya sea de las autoridades de control o de los interesados.
Los datos personales que se recogen en este convenio y en los contratos a suscribir con el
alumnado seleccionado, serán incorporados a sendos registros de actividades de tratamientos de los que las partes firmantes sean responsables a los efectos de llevar a buen fin el
presente Convenio, encontrándose la base jurídica del tratamiento en el artículo 6.1 b) del
Reglamento Europeo, adoptándose las medidas de índole técnica y organizativas necesarias
que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal proporcionados, que eviten