Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Comercio Exterior. Subvenciones. (2021AC0042)
Acuerdo de 2 de julio de 2021, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las subvenciones por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación de empresas extremeñas en el Plan de Ayuda a la Internacionalización Programa Empresa Industrial Internacional Competitiva (Compite), para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 130
Jueves, 8 de julio de 2021

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Artículo 15. Periodo de ejecución del Programa.
El periodo de ejecución del programa por parte de la empresa beneficiaria se extenderá desde
la notificación de la resolución de concesión de la ayuda, hasta el 15 de noviembre de 2021.
Artículo 16. Obligaciones.
1. L
 a aceptación de la ayuda por parte del beneficiario conlleva el compromiso de cumplir con
las siguientes obligaciones:
a) No tener deudas que satisfacer con el sector público, incluyendo las empresas públicas y/o sociedades participadas mayoritariamente por el sector público, ni encontrarse
incursos en algunas de las circunstancias previstas en el apartado segundo y tercero
del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
b) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12
de octubre, y con la Seguridad Social a tenor de lo previsto en el artículo 14 del Real
Decreto señalado.
c) No hallarse incursa en los supuestos a que se refiere la Ley 3/2015, de 30 de marzo,
reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas y la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de
los cargos públicos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
d) Realizar las actuaciones de conformidad con la documentación presentada en la solicitud.
e) Comunicar al órgano concedente cualquier eventualidad sobrevenida en la actividad
subvencionada y que afecte al desarrollo del proyecto o actuación, que serán resueltos
por el órgano concedente.
f) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento del objeto de la actividad subvencionable y de la finalidad determinada en la resolución de concesión de la ayuda.
g) Sujetarse a las acciones de control financiero que se lleven a cabo por los órganos
competentes de la Junta de Extremadura, del Tribunal de Cuentas y, en su caso, de los
correspondientes órganos de la Comunidad Europea, a tenor de la legalidad vigente
reguladora de esta materia.

Fondo Europeo de Desarrollo Regional
“Una manera de hacer Europa”