Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Comercio Exterior. Subvenciones. (2021AC0042)
Acuerdo de 2 de julio de 2021, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las subvenciones por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación de empresas extremeñas en el Plan de Ayuda a la Internacionalización Programa Empresa Industrial Internacional Competitiva (Compite), para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 130
Jueves, 8 de julio de 2021
35116
h) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de facultades de
comprobación y control.
i) Mantener un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado que permita una identificación correcta de las operaciones financiadas de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 16.i) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
j) Identificar y visibilizar la participación del Fondo de Desarrollo Regional (FEDER) de
acuerdo con las menciones de identificación y publicidad previstas en el Reglamento
(UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen
disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se
deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo.
k) Cumplimiento de las obligaciones derivadas de la justificación de las ayudas y concretamente, obligación de presentar los distintos documentos acreditativos del cumplimiento
de las acciones objeto de ayuda, tal y como se especifica en el artículo 17 de la presente
convocatoria.
l) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente,
aportando cuanta información le sea requerida.
m) Comunicar a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la obtención
de otro tipo de ayudas, ingresos o recursos que financien las mismas actividades, así
como la obligación de notificar el estado de tramitación o de resolución de cualquier
ayuda que haya sido solicitada para el mismo fin. Esta comunicación deberá efectuarse
tan pronto como se conozca, y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la
aplicación dada a los fondos percibidos.
n) Proceder al reintegro de las ayudas percibidas en los supuestos que corresponda.
ñ) Cualesquiera otras que vengan establecidas en la normativa general, ya sea estatal o
autonómica, sobre ayudas públicas, en las bases reguladoras o en la propia resolución
de concesión de las ayudas.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
“Una manera de hacer Europa”
Jueves, 8 de julio de 2021
35116
h) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de facultades de
comprobación y control.
i) Mantener un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado que permita una identificación correcta de las operaciones financiadas de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 16.i) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
j) Identificar y visibilizar la participación del Fondo de Desarrollo Regional (FEDER) de
acuerdo con las menciones de identificación y publicidad previstas en el Reglamento
(UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen
disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se
deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo.
k) Cumplimiento de las obligaciones derivadas de la justificación de las ayudas y concretamente, obligación de presentar los distintos documentos acreditativos del cumplimiento
de las acciones objeto de ayuda, tal y como se especifica en el artículo 17 de la presente
convocatoria.
l) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente,
aportando cuanta información le sea requerida.
m) Comunicar a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la obtención
de otro tipo de ayudas, ingresos o recursos que financien las mismas actividades, así
como la obligación de notificar el estado de tramitación o de resolución de cualquier
ayuda que haya sido solicitada para el mismo fin. Esta comunicación deberá efectuarse
tan pronto como se conozca, y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la
aplicación dada a los fondos percibidos.
n) Proceder al reintegro de las ayudas percibidas en los supuestos que corresponda.
ñ) Cualesquiera otras que vengan establecidas en la normativa general, ya sea estatal o
autonómica, sobre ayudas públicas, en las bases reguladoras o en la propia resolución
de concesión de las ayudas.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
“Una manera de hacer Europa”