Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061993)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor de la Agencia Extremeña de la Energía (AGENEX) para el proyecto de "Optimización y seguimiento de la contratación del suministro eléctrico de la Junta de Extremadura".
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NÚMERO 129
Miércoles, 7 de julio de 2021

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No obstante, lo anterior, se establecen los siguientes requisitos previos a los abonos correspondientes:
— Los pagos anticipados se realizarán por anualidades abonándose el primero a la firma
del presente convenio,
— Para proceder al anticipo de las cantidades correspondientes a una nueva anualidad,
deberá haberse justificado previamente el 50% de la anualidad inmediatamente anterior.
2. L
 a justificación de gastos de cada anualidad se realizará hasta el 31 de marzo de la anualidad siguiente consecutiva.
3. L
 a justificación final de todas las actividades realizadas durante el periodo de ejecución
recogido en la cláusula tercera, así como del pago de los gastos correspondientes a las
mismas, se podrán presentar hasta el 31 de marzo de 2023 conforme las indicaciones
contenidas en el Anexo II del presente convenio.
4. No obstante, AGENEX previo aviso a la Comisión de Seguimiento y mediante escrito dirigido al órgano gestor, podrá renunciar, siempre que esté suficientemente motivado, hasta
el 25 % del importe total de la transferencia. A tales efectos acompañará al escrito certificación del representante legal de la misma, en la que conste el porcentaje máximo que
la entidad va a ejecutar definitivamente antes de la fecha establecida para la ejecución de
las actividades. Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto realizado que
supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta de AGENEX.
5. E
 l porcentaje anterior se elevará hasta el 50 % del importe total de la transferencia cuando se hubieran activado planes de contingencia.
6. L
 os gastos derivados de esta transferencia específica deberán haberse realizado desde el
1 de junio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022.
7. A
 GENEX realizará la justificación de las actuaciones mediante la aportación de una Memoria Económica firmada por parte del representante legal de la entidad o, en su defecto, del
órgano que tenga atribuidas las facultades de toma de razón en contabilidad, respecto de
los gastos y pagos realizados por AGENEX, y del cumplimiento de la finalidad de la transferencia, acompañados, en su caso, de las listas de comprobación e informes de control
efectuados sobre los gastos que se certifican.
La Memoria Económica deberá incluir una relación de todos los gastos de forma pormenorizada según la naturaleza de los mismos, a excepción de los costes indirectos, los cuales
se calcularán aplicando el porcentaje del 15%.