Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2021040092)
Decreto 78/2021, de 30 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Crisol-Formación y la primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.
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NÚMERO 129
Miércoles, 7 de julio de 2021
34740
— Sesiones de orientación y talleres de desarrollo de aspectos personales para el empleo. La persona orientadora llevará a cabo actuaciones de asesoramiento y/o información y se trabajará el autoconocimiento, la gestión de las emociones, la orientación del proceso personal de formación, el descubrimiento de las fortalezas y las
motivaciones para abordar el presente y el futuro, las preferencias profesionales y el
conocimiento general del mundo laboral, con información sobre derechos y deberes
de las personas trabajadoras, entre otros.
Todas estas actuaciones podrán ser individuales y/o grupales, según las características del colectivo y de la actividad. Además, deberán ser flexibles en función de las
necesidades de cada participante.
— En los proyectos formativos que desarrollen especialidades de nivel 1 de cualificación, se incorporará formación de apoyo para la superación de las pruebas de competencias clave para el acceso a certificados de profesionalidad de nivel 2.
— Fomento de la iniciativa y espíritu emprendedor.
2. Las acciones de acompañamiento/tutorización tendrán como referencia la Guía de Herramientas de Acompañamiento/tutorización” elaborada por la Dirección General competente
en la gestión de los programas públicos de empleo-formación.
Artículo 17. Orientaciones metodológicas para trabajar por competencias.
La metodología del programa formativo ha de tener en cuenta el perfil de las personas participantes y facilitará el trabajo por competencias, de forma transversal, utilizando, entre otras,
las siguientes orientaciones metodológicas:
a. El/la alumno/a trabajador/a debe conocer los objetivos del proyecto, qué va a aprender,
y qué va a obtener una vez finalizado el mismo.
b. Se utilizará una metodología activa que se apoye en estructuras de aprendizaje cooperativo y solidario, de forma que, a través de la resolución conjunta de las tareas, cada
participante conozca las estrategias utilizadas por sus compañeros/as y pueda aplicarlas
a situaciones similares.
c. Se debe favorecer el trabajo individual y grupal, fomentando la motivación, la comunicación, las habilidades sociales, el trabajo en equipo en la consecución de un fin común:
“encontrar empleo”, ya sea por cuenta propia o ajena, utilizando las nuevas tecnologías
de la información y la comunicación.
d. Se utilizarán los recursos materiales que posibiliten una óptica abierta, una metodología
participativa y grupal, dinamismo, cohesión de grupo y corresponsabilidad.
Miércoles, 7 de julio de 2021
34740
— Sesiones de orientación y talleres de desarrollo de aspectos personales para el empleo. La persona orientadora llevará a cabo actuaciones de asesoramiento y/o información y se trabajará el autoconocimiento, la gestión de las emociones, la orientación del proceso personal de formación, el descubrimiento de las fortalezas y las
motivaciones para abordar el presente y el futuro, las preferencias profesionales y el
conocimiento general del mundo laboral, con información sobre derechos y deberes
de las personas trabajadoras, entre otros.
Todas estas actuaciones podrán ser individuales y/o grupales, según las características del colectivo y de la actividad. Además, deberán ser flexibles en función de las
necesidades de cada participante.
— En los proyectos formativos que desarrollen especialidades de nivel 1 de cualificación, se incorporará formación de apoyo para la superación de las pruebas de competencias clave para el acceso a certificados de profesionalidad de nivel 2.
— Fomento de la iniciativa y espíritu emprendedor.
2. Las acciones de acompañamiento/tutorización tendrán como referencia la Guía de Herramientas de Acompañamiento/tutorización” elaborada por la Dirección General competente
en la gestión de los programas públicos de empleo-formación.
Artículo 17. Orientaciones metodológicas para trabajar por competencias.
La metodología del programa formativo ha de tener en cuenta el perfil de las personas participantes y facilitará el trabajo por competencias, de forma transversal, utilizando, entre otras,
las siguientes orientaciones metodológicas:
a. El/la alumno/a trabajador/a debe conocer los objetivos del proyecto, qué va a aprender,
y qué va a obtener una vez finalizado el mismo.
b. Se utilizará una metodología activa que se apoye en estructuras de aprendizaje cooperativo y solidario, de forma que, a través de la resolución conjunta de las tareas, cada
participante conozca las estrategias utilizadas por sus compañeros/as y pueda aplicarlas
a situaciones similares.
c. Se debe favorecer el trabajo individual y grupal, fomentando la motivación, la comunicación, las habilidades sociales, el trabajo en equipo en la consecución de un fin común:
“encontrar empleo”, ya sea por cuenta propia o ajena, utilizando las nuevas tecnologías
de la información y la comunicación.
d. Se utilizarán los recursos materiales que posibiliten una óptica abierta, una metodología
participativa y grupal, dinamismo, cohesión de grupo y corresponsabilidad.