Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2021050116)
Orden de 22 de junio de 2021 por la que se regula la aplicación y se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir las personas beneficiarias que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 124

32830

Miércoles, 30 de junio de 2021

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Se deroga la Orden de 20 de julio de 2020 por la que se regula la aplicación y se establecen
las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados
programas de apoyo al sector vitivinícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
n.º 142, de 23 de julio).
Disposición final primera. Autorización.
Se faculta a la Dirección General de Agricultura y Ganadería para adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor y aplicación.
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Será aplicable a partir del 1 de enero de 2021 a las personas beneficiarias que hayan presentado solicitud de las ayudas en 2021, relacionadas en el artículo 1 de esta orden.
Mérida, 22 de junio de 2021.
La Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL