Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061908)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de planta solar fotovoltaica "Alconchel 2020.2" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Alter Enersun, SA, en el término municipal de Barcarrota (Badajoz). Expte.: IA20/1148.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 123
Martes, 29 de junio de 2021
32775
• Se instalarán interruptores con control de encendido y apagado de la iluminación según hora de puesta y salida del sol.
d. M
edidas para la restauración una vez finalizada la actividad.
• En caso de finalización de la actividad se deberá dejar el terreno en su estado original,
desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor autorizado. Se
dejará el área de actuación en perfecto estado de limpieza, con el restablecimiento
de la escorrentía original, intentando mantener la topografía original del terreno y
procurando la restitución del terreno a su vocación previa al proyecto. Estas medidas
se realizarán en un periodo inferior a 9 meses.
• Se deberá presentar un plan de restauración un año antes de la finalización de la actividad en el que se recoja las diferentes actuaciones que permitan dejar el terreno en
su estado original, teniendo en cuenta la restauración paisajística y de los suelos, así
como de la gestión de los residuos generados. Dicho plan deberá ser aprobado antes
de su ejecución por el órgano ambiental que llevará a cabo las modificaciones que
estime necesarias.
e. Medidas compensatorias.
• Colocación de cuatro cajas nidos para cernícalo/lechuza de corcho y cal en el entorno
de la planta, en postes de 5 metros de altura.
• Colocación de 2 posaderos de 5 metros de altura para rapaces en el perímetro de la
planta para favorecer la población de estas especies.
• Colocación de un refugio de reptiles por cada 10 ha de superficie de la planta. El refugio consistirá en una acumulación de piedras de la zona en un agrupamiento de 2m x
2m x 1m y/o la colocación de ramas de suficiente porte (0,2 m de diámetro y 1,2 m
de longitud).
• Durante los 5 primeros años de la fase de explotación, si las cajas nido son ocupadas,
se marcará a un ejemplar de la especie ocupante (Cernícalo o lechuza) para conocer
su ecología en relación con la planta.
• Colocación de 5 refugios de insectos en el entorno de la planta.
• En el interior inmediato del cerramiento de seguridad perimetral se dejará una superficie de 1,5 metros como corredor ecológico, sin desbroces, dejando la vegetación
evolucionar naturalmente, donde no se tocará el suelo.
Martes, 29 de junio de 2021
32775
• Se instalarán interruptores con control de encendido y apagado de la iluminación según hora de puesta y salida del sol.
d. M
edidas para la restauración una vez finalizada la actividad.
• En caso de finalización de la actividad se deberá dejar el terreno en su estado original,
desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor autorizado. Se
dejará el área de actuación en perfecto estado de limpieza, con el restablecimiento
de la escorrentía original, intentando mantener la topografía original del terreno y
procurando la restitución del terreno a su vocación previa al proyecto. Estas medidas
se realizarán en un periodo inferior a 9 meses.
• Se deberá presentar un plan de restauración un año antes de la finalización de la actividad en el que se recoja las diferentes actuaciones que permitan dejar el terreno en
su estado original, teniendo en cuenta la restauración paisajística y de los suelos, así
como de la gestión de los residuos generados. Dicho plan deberá ser aprobado antes
de su ejecución por el órgano ambiental que llevará a cabo las modificaciones que
estime necesarias.
e. Medidas compensatorias.
• Colocación de cuatro cajas nidos para cernícalo/lechuza de corcho y cal en el entorno
de la planta, en postes de 5 metros de altura.
• Colocación de 2 posaderos de 5 metros de altura para rapaces en el perímetro de la
planta para favorecer la población de estas especies.
• Colocación de un refugio de reptiles por cada 10 ha de superficie de la planta. El refugio consistirá en una acumulación de piedras de la zona en un agrupamiento de 2m x
2m x 1m y/o la colocación de ramas de suficiente porte (0,2 m de diámetro y 1,2 m
de longitud).
• Durante los 5 primeros años de la fase de explotación, si las cajas nido son ocupadas,
se marcará a un ejemplar de la especie ocupante (Cernícalo o lechuza) para conocer
su ecología en relación con la planta.
• Colocación de 5 refugios de insectos en el entorno de la planta.
• En el interior inmediato del cerramiento de seguridad perimetral se dejará una superficie de 1,5 metros como corredor ecológico, sin desbroces, dejando la vegetación
evolucionar naturalmente, donde no se tocará el suelo.