Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061979)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de planta de fabricación de piensos, cuyo promotor es Piensos Los Pinos, SL, en el término municipal de Benquerencia de la Serena (Badajoz).
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NÚMERO 122
Lunes, 28 de junio de 2021

32481

Instrucciones técnicas complementarias EA-01 A EA-07, especialmente, en el caso
de que se disponga de alumbrado nocturno:


- Se evitará la contaminación lumínica por farolas o focos usando preferentemente iluminación en puntos bajos, dirigida hacia el suelo (apantallada), luces de
baja intensidad o cualquier otra fórmula que garantice la discreción paisajística
nocturna de las instalaciones.



- Se recomienda el uso de luminarias con longitud de onda dentro del rango de
luz cálida.



•P
 ara todas las medidas en fase operativa relativas a emisiones a la atmosfera, residuos, vertidos, contaminación lumínica y contaminación acústica, se atenderá a lo
establecido en el condicionado de la autorización ambiental unificada.

4.4. M
 edidas para la protección del patrimonio histórico-arqueológico.


•C
 omo medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no
detectado, se impone la siguiente medida correctora, contemplada en el artículo 54
de la Ley 2/1999, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura: “Si durante la
ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos,
tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su
descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura”.

4.5. M
 edidas para la restauración una vez finalizada la actividad.


•E
 n caso de finalización de la actividad se deberá dejar el terreno en su estado
original, desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor autorizado. Se dejará el área de actuación en perfecto estado de limpieza, con el restablecimiento de la escorrentía original, intentando mantener la topografía original
del terreno y procurando la restitución del terreno a su vocación previa al proyecto.
Estas medidas se realizarán en un periodo inferior a 9 meses.



•S
 e deberá presentar un plan de restauración un año antes de la finalización de la actividad en el que se recoja las diferentes actuaciones que permitan dejar el terreno
en su estado original, teniendo en cuenta la restauración paisajística y de los suelos,
así como de la gestión de los residuos generados. Dicho plan deberá ser aprobado
antes de su ejecución por el órgano ambiental que llevará a cabo las modificaciones
que estime necesarias.



•L
 os residuos generados durante la demolición o desmantelamiento deberán ser gestionados conforme a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio de residuos y
suelos contaminados.