Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062006)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Extremeño Integrado de Energía y Clima 2021-2030. Expte.: IA20/784.
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 122
Lunes, 28 de junio de 2021

32520

ramiento de la calidad del aire por aumento de emisión de contaminantes atmosféricos. Por lo que se considera oportuno modificar el impacto 2.1 para que quede de la
siguiente forma: 2.1.b. Aumento de contaminación del aire con óxidos de nitrógeno,
monóxido de carbono, ácidos, partículas y otros gases resultantes de combustiones.
Con esto se incluye tanto las combustiones procedentes de la generación de energía
eléctrica como las combustiones en general.


E
 n relación a la versión inicial del PEIEC 2021-2030 indicar que para que el uso de
la biomasa como combustible, sea ambientalmente favorable, es necesario tener en
cuenta sus necesidades logísticas especiales de la misma. Por su alto contenido en
humedad, la biomasa es uno de los combustibles con menor densidad energética,
además la generación de la misma, tanto en lo relativo a la biomasa de origen agrícola como la biomasa de origen forestal, es muy distribuida. Esto implica que una logística inadecuada puede conseguir que el consumo de combustibles para el transporte
de biomasa mediante vehículos pesados pueda lastrar el beneficio ambiental del uso
de la biomasa como medida de mitigación. Se considera adecuado mencionar este
aspecto en la redacción del PEIEC 2021-2030 y establecer al menos la necesidad de
desarrollar en un futuro un plan de extracción y gestión logística de biomasa térmica
en Extremadura, que esté en consonancia tanto con las necesidades del PEIEC 20212030 como con el nuevo Plan Forestal de Extremadura.



• Confederación Hidrográfica del Tajo. En principio y dadas las características del plan,
se entiende que sus consecuencias van a ser en todo momento beneficiosas para el
dominio público hidráulico y que los impactos que pudiera provocar van a tener carácter positivo y de protección de los ecosistemas fluviales.



N
 o obstante, como normas generales, en la puesta en práctica del plan se deberá
evitar cualquier actuación que, de forma directa o indirecta, pudiera afectar al dominio público hidráulico de forma negativa. Para ello, en los posibles proyectos que se
redacten como consecuencia de la misma, se deberán tener en cuenta las siguientes
sugerencias, en cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y su Reglamento de desarrollo, así como de la normativa establecida para la protección del dominio público
hidráulico:



— En la redacción del plan se tendrá en cuenta en todo momento la necesidad de
adecuar la actuación a la naturalidad de los cauces y en general del dominio
público hidráulico, y en ningún caso se intentará que sean los cauces los que se
sometan a las exigencias del plan.