Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061898)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Reforma y ampliación de edificación para casa rural La Encomendiña", cuyo promotor es D. José Luis Becerra Fernández, en el término municipal de Olivenza. Expte.: IA20/1175.
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NÚMERO 121
Viernes, 25 de junio de 2021

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— Al finalizar los trabajos se llevará a cabo una limpieza general de todos aquellos restos
generados durante la fase de construcción y se realizará la restauración ambiental de
la zona aprovechando el substrato edáfico retirado antes del comienzo de las obras. Se
descompactará el suelo que se haya visto afectado, se extenderá la tierra vegetal acopiada y se revegetarán los taludes y zonas afectadas. Estos trabajos deberán concluirse
en un plazo no superior a un mes desde la finalización de las obras.
— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la fase de
construcción, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los
residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el
que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos
de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Si durante la ejecución de los trabajos de construcción se hallasen restos u objetos
con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán
inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de
los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
c) Medidas en la fase operativa.
— Residuos. Los residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser gestionados conforme a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio de residuos y suelos
contaminados. La gestión de residuos deberá ser realizada por empresas que estén
registradas conforme a lo establecido en la Ley 22/2011.
Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse
y almacenarse conforme a lo establecido en la normativa vigente y normas técnicas de
aplicación. El tiempo máximo para el almacenamiento de residuos peligrosos no superará los seis meses.
— Gestión de aguas residuales. Las aguas residuales generadas en la casa rural se almacenarán en una fosa séptica estanca (deberá contar con certificado de estanqueidad
suscrito por técnico competente) y debidamente dimensionada para albergar el caudal
máximo. Se deberá evacuar el contenido antes de superar los 2/3 de su capacidad. Se
realizarán las tareas de mantenimiento oportunas para garantizar el buen funcionamiento del sistema. Las aguas residuales de las fosas sépticas serán gestionadas por
gestor de residuos autorizado.