Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061894)
Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto Planta Solar Fotovoltaica "PR3" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Bloggers Energías Renovables, SL, en el término municipal de Mérida. Expte.: IA20/1434.
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NÚMERO 121
Viernes, 25 de junio de 2021



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— No se utilizarán herbicidas para controlar la vegetación natural. Se hará mediante
ganado evitando el sobrepastoreo (0,2 UGM/ha máximo) y excluyendo el ganado en
el periodo reproductor de la fauna entre abril y junio inclusive, o con medios mecánicos que no afecten al suelo (desbrozadoras).



— Se realizará un mantenimiento preventivo de todos los aparatos eléctricos que contengan aceites o gases dieléctricos.



— Se cumplirá lo dispuesto en los términos recogidos en el Real Decreto 1066/2001, de
28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de
protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.



— En caso de instalaciones de alumbrado exterior les serán de aplicación las disposiciones relativas a contaminación lumínica, recogidas en el Real Decreto 1890/2008,
de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética
en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias
EA-01 a EA-07.

d. M
 edidas para la restauración una vez finalizada la actividad.


— En caso de finalización de la actividad se deberá dejar el terreno en su estado original,
desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor autorizado. Se
dejará el área de actuación en perfecto estado de limpieza, con el restablecimiento
de la escorrentía original, intentando mantener la topografía original del terreno y
procurando la restitución del terreno a su vocación previa al proyecto. Estas medidas
se realizarán en un periodo inferior a 9 meses.



— Se deberá presentar un plan de restauración un año antes de la finalización de la
actividad en el que se recoja las diferentes actuaciones que permitan dejar el terreno
en su estado original, teniendo en cuenta la restauración paisajística y de los suelos,
así como de la gestión de los residuos generados. Dicho plan deberá ser aprobado
antes de su ejecución por el órgano ambiental que llevará a cabo las modificaciones
que estime necesarias.

e. M
 edidas compensatorias.


— Colocación de dos cajas nido construidas con corcho y cal tipo cernícalo vulgar/lechuza sobre poste de madera de 5 metros de altura.



— Se instalará un cerramiento de exclusión ganadera a una distancia de 1,5-2 m del
cerramiento de la planta, creando un pasillo para la fauna. En este pasillo de 1,5-2
m de anchura que queda entre los dos cerramientos perimetrales no se toca la flora