Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061894)
Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto Planta Solar Fotovoltaica "PR3" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Bloggers Energías Renovables, SL, en el término municipal de Mérida. Expte.: IA20/1434.
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NÚMERO 121
Viernes, 25 de junio de 2021

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de 3 de diciembre, por el que se regula las condiciones para la instalación, modificación y reposición de cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.


— Se deben restituir las áreas alteradas, especialmente en zanjas o si se generan taludes. Se gestionará adecuadamente la tierra vegetal para su uso posterior en las
tareas de restauración de las superficies alteradas, que debe llevarse a cabo paralelamente durante la fase de construcción.



— Se potenciará la recuperación de la vegetación natural en el interior del recinto mediante siembras de apoyo en las áreas deterioradas.



— No se ocupará ninguna zona de vegetación natural asociada a los encharcamientos y
cauces.



— No se iniciarán los trabajos de construcción entre los meses de abril a julio para evitar el periodo reproductor de la fauna. Ante la imposibilidad de cumplir este período,
se deberán tomar medidas correctoras que se recogerán en el Plan de Vigilancia
Ambiental.



— Se prestará atención a la mortalidad de fauna, especialmente de reptiles y anfibios,
por atropello u otras actividades asociadas a la obra. Para ello se limitará la velocidad de circulación a 20 km/h en toda el área de implantación del proyecto hasta su
conexión con carretas asfaltadas, y se colocará cartelería de aviso de presencia de
fauna en la calzada.



— Las zanjas, vaciados de tierras y cualquier elemento por debajo del nivel del suelo
susceptible de atrapar fauna vertebrada, contarán con sistemas de escape adecuados mediante elementos específicos o taludes de tierra.

c. Medidas preventivas y correctoras en la fase de explotación.


— Se mantendrán en correcto estado de funcionamiento y operativas todas las instalaciones y dispositivos para cumplir las medidas correctoras incluidas en el presente
informe.



— Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.



— No se producirá ningún tipo de acumulación de materiales o vertidos fuera de las
zonas habilitadas.