Consejería De Igualdad Y Portavocía. Programas Infantiles Y Juveniles. Ayudas. (2021050113)
Orden de 21 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a financiar proyectos de dinamización juvenil en el marco del programa Diviértete Extremadura.
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NÚMERO 121
Viernes, 25 de junio de 2021
31906
7 de octubre); este convenio implementaba el Programa Diviértete Extremadura como un
mecanismo para desarrollar actividades de ocio y tiempo libre en los distintos municipios
de la Comunidad Autónoma de Extremadura coordinadas por el Instituto de la Juventud
de Extremadura, además de articular una serie de ayudas para llevar a cabo las mismas
mediante la adquisición de materiales necesarios y la contratación de personas jóvenes,
siendo el empleo de este colectivo otra de fundamentos del citado convenio.
Esta iniciativa, tenía como objetivo, además del fomento de las actividades de ocio y tiempo
libre infantil y juvenil, ofrecer herramientas a las familias para que pudieran afrontar situaciones complejas en ámbito familiar debido a la necesidad de compaginar el cuidado de sus hijos
e hijas con las obligaciones laborales. Estas necesidades no han desaparecido, si no que en
algunos aspectos se han hecho más acuciantes lo que justifica el establecimiento a más largo
plazo de un programa de ayudas que prolongue los efectos beneficiosos que esta actividad
tuvo sobre el ámbito de la conciliación familiar en el ejercicio 2020.
Dado el impacto positivo que ha tenido el programa “Diviértete Extremadura” en el desarrollo
de formas de ocios saludable durante el año 2020, la Consejería de Igualdad y Portavocía, a
través del Instituto de la Juventud de Extremadura, estima conveniente proveer una regulación que posibilite la continuidad en el tiempo del desarrollo de este tipo de programas mediante la aprobación de unas ayudas destinadas a financiar la ejecución de estas actividades
de ocio y tiempo libre de tal modo que las Mancomunidades de Extremadura puedan seguir
ofreciendo estos servicios de ocio juvenil a los municipios que las integran.
Así mismo, el establecimiento de las ayudas que contempla la presente orden contribuye al
objetivo fundamental de fijación de la población en el medio rural, al promover la puesta en
marcha de proyectos destinados a la población infantil y juvenil que favorezcan las posibilidades de empleo en el medio rural, especialmente de personas jóvenes, con formación en Ocio y
Tiempo Libre Juvenil, en situación de desempleo. Por ese motivo, esta actuación se considera
una medida adecuada de la política de la Junta de Extremadura ante el reto demográfico y
territorial.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma el procedimiento se tramitará en régimen de concesión
directa en base al número limitado y carácter público de quienes se beneficien de las mismas
y, más concretamente, al interés público y social que se quiere satisfacer con la puesta en
marcha del citado programa Diviértete Extremadura, que no es otro que el fomento de formas de ocio saludables para la mayor parte de la juventud rural extremeña, y que además
tendrán efectos sociales beneficiosos en otras áreas como la conciliación familiar y el fomento
del empleo. Por otra parte, y teniendo en cuenta, que si se hubiese elegido como forma de
tramitación del procedimiento el de concurrencia competitiva sus principios básicos como el
Viernes, 25 de junio de 2021
31906
7 de octubre); este convenio implementaba el Programa Diviértete Extremadura como un
mecanismo para desarrollar actividades de ocio y tiempo libre en los distintos municipios
de la Comunidad Autónoma de Extremadura coordinadas por el Instituto de la Juventud
de Extremadura, además de articular una serie de ayudas para llevar a cabo las mismas
mediante la adquisición de materiales necesarios y la contratación de personas jóvenes,
siendo el empleo de este colectivo otra de fundamentos del citado convenio.
Esta iniciativa, tenía como objetivo, además del fomento de las actividades de ocio y tiempo
libre infantil y juvenil, ofrecer herramientas a las familias para que pudieran afrontar situaciones complejas en ámbito familiar debido a la necesidad de compaginar el cuidado de sus hijos
e hijas con las obligaciones laborales. Estas necesidades no han desaparecido, si no que en
algunos aspectos se han hecho más acuciantes lo que justifica el establecimiento a más largo
plazo de un programa de ayudas que prolongue los efectos beneficiosos que esta actividad
tuvo sobre el ámbito de la conciliación familiar en el ejercicio 2020.
Dado el impacto positivo que ha tenido el programa “Diviértete Extremadura” en el desarrollo
de formas de ocios saludable durante el año 2020, la Consejería de Igualdad y Portavocía, a
través del Instituto de la Juventud de Extremadura, estima conveniente proveer una regulación que posibilite la continuidad en el tiempo del desarrollo de este tipo de programas mediante la aprobación de unas ayudas destinadas a financiar la ejecución de estas actividades
de ocio y tiempo libre de tal modo que las Mancomunidades de Extremadura puedan seguir
ofreciendo estos servicios de ocio juvenil a los municipios que las integran.
Así mismo, el establecimiento de las ayudas que contempla la presente orden contribuye al
objetivo fundamental de fijación de la población en el medio rural, al promover la puesta en
marcha de proyectos destinados a la población infantil y juvenil que favorezcan las posibilidades de empleo en el medio rural, especialmente de personas jóvenes, con formación en Ocio y
Tiempo Libre Juvenil, en situación de desempleo. Por ese motivo, esta actuación se considera
una medida adecuada de la política de la Junta de Extremadura ante el reto demográfico y
territorial.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma el procedimiento se tramitará en régimen de concesión
directa en base al número limitado y carácter público de quienes se beneficien de las mismas
y, más concretamente, al interés público y social que se quiere satisfacer con la puesta en
marcha del citado programa Diviértete Extremadura, que no es otro que el fomento de formas de ocio saludables para la mayor parte de la juventud rural extremeña, y que además
tendrán efectos sociales beneficiosos en otras áreas como la conciliación familiar y el fomento
del empleo. Por otra parte, y teniendo en cuenta, que si se hubiese elegido como forma de
tramitación del procedimiento el de concurrencia competitiva sus principios básicos como el