Consejería De Igualdad Y Portavocía. Programas Infantiles Y Juveniles. Ayudas. (2021050114)
Orden de 18 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a financiar proyectos de dinamización juvenil en el marco del programa Diviértete en la Ciudad.
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NÚMERO 121
Viernes, 25 de junio de 2021

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8. No se subvencionará ningún proyecto que no incluya cada una de las siguientes actividades:
a) Actividades de multiaventura, a desarrollar con empresas especializadas en dichas actividades, con una duración mínima de 7 horas o una jornada completa.
b) Actividades de fomento de hábitos alimentarios saludables.
c) Al menos una excursión por la propia ciudad para conocer los distintos monumentos,
museos, rincones ocultos, edificios y organismos de interés para la población infantil y
juvenil, prevista en el proyecto.
d) En el caso de la modalidad dirigida a la población de entre 6 y 15 años, se incluirá una
actividad relacionada con el medio ambiente y el reciclaje.
e) E
 n el caso de la modalidad dirigida a la población de entre 16 y 20 años, se incluirá una
actividad en horario de tarde noche, con una duración mínima de 3 horas y media, con
la temática “Ocio nocturno. Alternativas al botellón”, con el objetivo de alentar a los
jóvenes en la prevención del consumo de alcohol.
9. Los proyectos deberán incluir necesariamente la contratación, durante la ejecución del
mismo, del siguiente personal:
a) Una persona encargada de la dirección del proyecto de dinamización infantil y juvenil,
que deberá contar con el Diploma de Director/a de Tiempo Libre Infantil y Juvenil expedido por el Instituto de la Juventud de Extremadura, conforme a lo establecido en el
Decreto 206/2000, de 26 de septiembre, por el que se regula el reconocimiento oficial
de las Escuelas para la formación de educadores/as en el tiempo libre y el contenido de
los cursos de formación para los directores y Monitores de tiempo libre infantil y juvenil,
u organismo equivalente de otra Comunidad Autónoma, o bien estar en posesión del
Certificado de Profesionalidad de Dirección y Coordinación de proyectos de tiempo libre
educativo infantil y juvenil (Nivel 3), expedido según la normativa vigente.
b) Un equipo de monitores/as de tiempo libre infantil y juvenil que constará al menos de un
monitor por cada una de las modalidades del proyecto. Quienes vayan a formar parte de
este equipo de monitores/as habrán de estar en posesión en el momento de realizar la
solicitud, del Diploma de Monitor de Ocio y Tiempo Libre expedido por el Instituto de la
Juventud de Extremadura, conforme a lo establecido en el Decreto 206/2000, de 26 de
septiembre, por el que se regula el reconocimiento oficial de las Escuelas para la formación de educadores/as en el tiempo libre y el contenido de los cursos de formación para
los directores y Monitores de tiempo libre infantil y juvenil, u organismo equivalente de
otra Comunidad Autónoma; o bien, estar en posesión del Certificado de Profesionalidad
de Dinamización de Actividades de Tiempo Libre Educativo Infantil y Juvenil (Nivel 2),
expedido según la normativa vigente