Consejería De Igualdad Y Portavocía. Programas Infantiles Y Juveniles. Ayudas. (2021050114)
Orden de 18 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a financiar proyectos de dinamización juvenil en el marco del programa Diviértete en la Ciudad.
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NÚMERO 121
Viernes, 25 de junio de 2021

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h) V
 oluntariado.
i) Solidaridad.
j) Cualquiera que se ajuste a los demás Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS´s).
Los proyectos contendrán sus objetivos básicos en relación con las temáticas incluidas y la
población a la que va dirigida dentro de cada modalidad, determinándose detalladamente
las actividades que comprende, el fundamento de las mismas y los fines perseguidos con
su puesta en ejecución. Todas las actividades programadas en un proyecto deben tener
carácter inclusivo.
5. Los proyectos de actividades podrán contener las siguientes líneas de actuación:
a) Formativas. Se entienden como tales aquellas acciones de educación no formal dirigidas
a proporcionar conocimientos y experiencias válidas para la vida social.
b) De ocio y recreativas. Se entienden como actividades de ocio y recreativas aquellas que
se realizan, bien en locales o bien al aire libre, y tienen por objeto el esparcimiento, la
recreación y el uso del tiempo libre.
c) De sensibilización. Se entienden por tales aquellas actividades cuyo fin sea el informar
y concienciar sobre aquellos aspectos relacionados con la temática del proyecto.
6. El Instituto de la Juventud de Extremadura será el encargado de la selección de los menores
y jóvenes participantes en el tiempo y forma señalados en la correspondiente Resolución
de Convocatoria. Este procedimiento de selección podrá desarrollarse en colaboración con
otras administraciones públicas, tales como Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, etc.
La resolución de convocatoria determinará el número exacto de participantes por cada
edición y modalidad, siendo el número mínimo de 10 personas.
7. El proyecto detallará la líneas de actuación, el número de personas a contratar para el desarrollo de las actividades, las actividades a las que se vinculan, los recursos personales y
materiales a sufragar con cargo al proyecto, las medidas de difusión que adoptaran para
su correcta implementación y el presupuesto económico del mismo, con indicación de la
subvención solicitada y de la existencia, en su caso, de otras fuentes de financiación del
proyecto o aportaciones con cargo a fondos propios de la Empresa.
En ningún caso, se podrán repercutir costes del proyecto a quienes participen de la actividad ni cobrar cuotas de inscripción o participación en dichas actividades.