Consejería De Igualdad Y Portavocía. Programas Infantiles Y Juveniles. Ayudas. (2021050114)
Orden de 18 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a financiar proyectos de dinamización juvenil en el marco del programa Diviértete en la Ciudad.
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NÚMERO 121
Viernes, 25 de junio de 2021
31884
3. E
l plazo de presentación de las solicitudes será, como mínimo, de 10 días hábiles desde
el día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Resolución de
Convocatoria.
Artículo 15. Ordenación e instrucción del Procedimiento.
La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá
a la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura, el cual podrá realizar, de
oficio, cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la correspondiente propuesta de
resolución.
Artículo 16. Comisión de Valoración.
1. P
ara la evaluación de las solicitudes y la selección de las empresas beneficiarias de las ayudas se constituirá una Comisión de Valoración cuyo informe será preceptivo y vinculante.
2. La Comisión de Valoración será la encargada de evaluar la adecuación de las solicitudes
presentadas al contenido de la presente Orden, así como establecer la prelación entre las
mismas.
3. La Comisión de Valoración, cuya composición será paritaria en aplicación de lo dispuesto
en el artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres
y contra la violencia de género en Extremadura, estará constituida por:
a) La persona que ostente la Jefatura del Servicio de Gestión del Instituto de la Juventud
de Extremadura, que desempeñará las funciones de Presidencia de la Comisión de
Valoración.
b) Vocalías:
i. La persona que ostente la Jefatura de Sección de Programas Juveniles del Instituto de
la Juventud de Extremadura.
ii. La persona que ostente la Jefatura de Sección de Información y Documentación Juvenil del Instituto de la Juventud de Extremadura.
iii. La persona que ostente la Jefatura de Sección de Gestión Económica de la Secretaría
General de la Consejería de Igualdad y Portavocía.
c) La Secretaría de la Comisión de Valoración será desempeñada por una persona designada entre las que tengan como función la Asesoría Jurídica de la Secretaría General de
la Consejería de Igualdad y Portavocía.
Viernes, 25 de junio de 2021
31884
3. E
l plazo de presentación de las solicitudes será, como mínimo, de 10 días hábiles desde
el día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Resolución de
Convocatoria.
Artículo 15. Ordenación e instrucción del Procedimiento.
La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá
a la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura, el cual podrá realizar, de
oficio, cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la correspondiente propuesta de
resolución.
Artículo 16. Comisión de Valoración.
1. P
ara la evaluación de las solicitudes y la selección de las empresas beneficiarias de las ayudas se constituirá una Comisión de Valoración cuyo informe será preceptivo y vinculante.
2. La Comisión de Valoración será la encargada de evaluar la adecuación de las solicitudes
presentadas al contenido de la presente Orden, así como establecer la prelación entre las
mismas.
3. La Comisión de Valoración, cuya composición será paritaria en aplicación de lo dispuesto
en el artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres
y contra la violencia de género en Extremadura, estará constituida por:
a) La persona que ostente la Jefatura del Servicio de Gestión del Instituto de la Juventud
de Extremadura, que desempeñará las funciones de Presidencia de la Comisión de
Valoración.
b) Vocalías:
i. La persona que ostente la Jefatura de Sección de Programas Juveniles del Instituto de
la Juventud de Extremadura.
ii. La persona que ostente la Jefatura de Sección de Información y Documentación Juvenil del Instituto de la Juventud de Extremadura.
iii. La persona que ostente la Jefatura de Sección de Gestión Económica de la Secretaría
General de la Consejería de Igualdad y Portavocía.
c) La Secretaría de la Comisión de Valoración será desempeñada por una persona designada entre las que tengan como función la Asesoría Jurídica de la Secretaría General de
la Consejería de Igualdad y Portavocía.