Consejería De Igualdad Y Portavocía. Programas Infantiles Y Juveniles. Ayudas. (2021050114)
Orden de 18 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a financiar proyectos de dinamización juvenil en el marco del programa Diviértete en la Ciudad.
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NÚMERO 121
31883
Viernes, 25 de junio de 2021
c) Declaración responsable, en su caso, de que la empresa solicitante haya solicitado y/o
recibido ayudas sujetas al régimen de minimis en los tres ejercicios fiscales.
d) Declaración responsable sobre que el personal adscrito al proyecto, ya sea personal
propio de la empresa o de nueva contratación, cumplen con los requisitos exigidos por
el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del
Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil; y que
podrá justificar dicho cumplimiento en cualquier momento a requerimiento del Instituto
de la Juventud de Extremadura.
e) D
eclaración responsable, emitida por el/la representante legal de la empresa solicitante,
sobre la asunción de la obligación de contratar un seguro de Responsabilidad Civil en los
términos establecidos en el artículo 5.9 de la presente Orden.
2.
La
solicitud
se
presentará
a
través
del
Registro
electrónico
de
la
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común, y, en particular, en los establecidos en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18
de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las solicitudes que se presenten en las oficinas de Correos, se mostrarán en sobre abierto,
con objeto de que en las mismas se haga constar, por el personal de la oficina, la identificación de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión.
3. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato o información
que se incorpore a una declaración responsable, o la falta de presentación de la documentación que fuere requerida por la Administración competente para acreditar el cumplimiento de lo declarado, traerá consigo la revocación y reintegro, en su caso, de la subvención,
con los intereses legales correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades penales,
civiles o administrativas a que hubiera lugar.
Artículo 14. Plazo y presentación de la documentación que debe acompañar a la
solicitud de subvención.
1. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular del órgano directivo competente en materia
de juventud e irán acompañadas de la documentación específicamente señalada en la presente orden, sin perjuicio de lo previsto en los apartados siguientes.
2. La presentación de los documentos que preceptivamente deben constar en el procedimiento, se acomodará a las exigencias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
31883
Viernes, 25 de junio de 2021
c) Declaración responsable, en su caso, de que la empresa solicitante haya solicitado y/o
recibido ayudas sujetas al régimen de minimis en los tres ejercicios fiscales.
d) Declaración responsable sobre que el personal adscrito al proyecto, ya sea personal
propio de la empresa o de nueva contratación, cumplen con los requisitos exigidos por
el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del
Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil; y que
podrá justificar dicho cumplimiento en cualquier momento a requerimiento del Instituto
de la Juventud de Extremadura.
e) D
eclaración responsable, emitida por el/la representante legal de la empresa solicitante,
sobre la asunción de la obligación de contratar un seguro de Responsabilidad Civil en los
términos establecidos en el artículo 5.9 de la presente Orden.
2.
La
solicitud
se
presentará
a
través
del
Registro
electrónico
de
la
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común, y, en particular, en los establecidos en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18
de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las solicitudes que se presenten en las oficinas de Correos, se mostrarán en sobre abierto,
con objeto de que en las mismas se haga constar, por el personal de la oficina, la identificación de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión.
3. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato o información
que se incorpore a una declaración responsable, o la falta de presentación de la documentación que fuere requerida por la Administración competente para acreditar el cumplimiento de lo declarado, traerá consigo la revocación y reintegro, en su caso, de la subvención,
con los intereses legales correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades penales,
civiles o administrativas a que hubiera lugar.
Artículo 14. Plazo y presentación de la documentación que debe acompañar a la
solicitud de subvención.
1. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular del órgano directivo competente en materia
de juventud e irán acompañadas de la documentación específicamente señalada en la presente orden, sin perjuicio de lo previsto en los apartados siguientes.
2. La presentación de los documentos que preceptivamente deben constar en el procedimiento, se acomodará a las exigencias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.