Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. (2021061926)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas vacantes de Dirección, en régimen de comisión de servicios, en los Centros de Profesores y de Recursos de Extremadura.
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NÚMERO 119
31350
Miércoles, 23 de junio de 2021
2. Pautas de evaluación.
Los servicios competentes de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa
podrán establecer indicaciones concretas para la elaboración de la memoria antes de la
finalización del primer trimestre del curso en que haya que presentarla.
3. Comisión de Evaluación.
La composición de la Comisión de Evaluación y sus funciones se especifican en los apartados 5 y 6 del artículo 8 de la Orden de 9 de junio de 2016.
Décima. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación conforme a lo dispuesto en
el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que
estime procedente.
Mérida, 17 de junio de 2021.
El Director General de Innovación e
Inclusión Educativa,
JUAN PABLO VENERO VALENZUELA
31350
Miércoles, 23 de junio de 2021
2. Pautas de evaluación.
Los servicios competentes de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa
podrán establecer indicaciones concretas para la elaboración de la memoria antes de la
finalización del primer trimestre del curso en que haya que presentarla.
3. Comisión de Evaluación.
La composición de la Comisión de Evaluación y sus funciones se especifican en los apartados 5 y 6 del artículo 8 de la Orden de 9 de junio de 2016.
Décima. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación conforme a lo dispuesto en
el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que
estime procedente.
Mérida, 17 de junio de 2021.
El Director General de Innovación e
Inclusión Educativa,
JUAN PABLO VENERO VALENZUELA