Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional Ocupacional. Inserción Laboral. (2021050111)
Orden de 17 de junio de 2021 por la que se regula la admisión de alumnos en Centros de Enseñanzas de Personas Adultas para la realización de cursos para la obtención de los certificados de superación de las competencias clave, necesarias para el acceso a los certificados de profesionalidad, para el curso 2021/2022.
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NÚMERO 119
Miércoles, 23 de junio de 2021
31289
Artículo 19. Programación de las materias.
1. C
ada profesor elaborará una programación didáctica de cada una de las competencias clave
del curso que le corresponda. Dicha programación incluirá, al menos:
a) Objetivos.
b) Organización, secuenciación y temporalización de los contenidos del currículo.
c) Contribución de la materia al logro de las competencias clave.
d) Criterios de evaluación.
e) P
rocedimientos e instrumentos de evaluación.
f) Criterios de calificación.
g) Estándares de aprendizaje mínimos.
h) M
etodología. Enfoques metodológicos activos de aprendizaje adecuados a los contextos
digitales. Enfoques metodológicos activos de aprendizaje adecuados a los contextos
académico, digital y competencial.
i) Recursos didácticos y materiales curriculares.
j) Medidas de refuerzo y atención a la diversidad del alumnado.
k) Actividades complementarias y extraescolares.
l) Evaluación, seguimiento y propuestas de mejora.
m) Consideraciones finales.
2. L
as programaciones didácticas se adaptarán a las características del alumnado, a la asignación horaria de las competencias clave y a los contenidos didácticos de los programas
formativos publicados por el Servicio Público de Empleo Estatal, correspondiente a las
acciones formativas de competencias clave que figuren en el fichero de especialidades
formativas del Servicio Público de Empleo Estatal, y que estarán disponibles en la página
web: www.educarex.es/eda.
3. L
as programaciones didácticas de las materias que componen cada curso, que serán supervisadas por la Inspección educativa, conformarán la programación general del curso que, a
su vez, se incorporará como parte de la Programación General Anual.
Miércoles, 23 de junio de 2021
31289
Artículo 19. Programación de las materias.
1. C
ada profesor elaborará una programación didáctica de cada una de las competencias clave
del curso que le corresponda. Dicha programación incluirá, al menos:
a) Objetivos.
b) Organización, secuenciación y temporalización de los contenidos del currículo.
c) Contribución de la materia al logro de las competencias clave.
d) Criterios de evaluación.
e) P
rocedimientos e instrumentos de evaluación.
f) Criterios de calificación.
g) Estándares de aprendizaje mínimos.
h) M
etodología. Enfoques metodológicos activos de aprendizaje adecuados a los contextos
digitales. Enfoques metodológicos activos de aprendizaje adecuados a los contextos
académico, digital y competencial.
i) Recursos didácticos y materiales curriculares.
j) Medidas de refuerzo y atención a la diversidad del alumnado.
k) Actividades complementarias y extraescolares.
l) Evaluación, seguimiento y propuestas de mejora.
m) Consideraciones finales.
2. L
as programaciones didácticas se adaptarán a las características del alumnado, a la asignación horaria de las competencias clave y a los contenidos didácticos de los programas
formativos publicados por el Servicio Público de Empleo Estatal, correspondiente a las
acciones formativas de competencias clave que figuren en el fichero de especialidades
formativas del Servicio Público de Empleo Estatal, y que estarán disponibles en la página
web: www.educarex.es/eda.
3. L
as programaciones didácticas de las materias que componen cada curso, que serán supervisadas por la Inspección educativa, conformarán la programación general del curso que, a
su vez, se incorporará como parte de la Programación General Anual.